5.1. ¿Qué son las acreditaciones profesionales?

Los procesos de acreditación tienen dos finalidades claras, por un lado avanzar en el perfeccionamiento profesional de los docentes y las docentes, al definir una evaluación competencial reconocida por la Administración educativa para el desempeño eficaz de una serie de funciones relevantes para los centros educativos; por otro lado, incentivar la carrera profesional docente, mediante su motivación y el interés por su formación continua.

Los objetivos más destacados de los procesos de acreditación son:

  • Reconocer aquellos méritos relacionados con la superación de ciertos programas formativos estratégicos para la Consejería de Educación y Universidades.
  • Crear por parte de la Administración educativa, un registro de docentes que haya superado ciertos programas formativos, con el fin de asignar funciones específicas relevantes para los centros y para la mejora de su calidad educativa.
  • Incentivar la carrera profesional docente mediante su motivación y el interés por la formación.

 

5.2. ¿Qué acreditaciones existen?

Actualmente, la Consejería de Educación y Universidades lleva a cabo los siguientes procesos de acreditación:

  • La función directiva.
  • Acreditación en mediación escolar.
  • Acreditación en TIC.
  • Acreditación en igualdad.
  • Acreditación para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales.
  • La capacitación en entornos virtuales de aprendizaje.
  • Acreditación en Silbo Gomero.
  • Acreditación para profesorado de puestos singulares en aulas de establecimientos penitenciarios.
  • Acreditación para la gestión administrativa y económica de los centros educativos públicos.

 

5.3. ¿Cuál es la norma que sustenta cada una de las acreditaciones?

 

5.3.1. La función directiva

Anualmente, la Consejería de Educación y Universidades oferta la actividad titulada “La Función Directiva” enmarcada en el programa formativo de equipos directivos. Este curso de 120 horas de duración se encuentra dirigido a los y las docentes que desean ser directivos escolares y, su finalidad es la asunción de la responsabilidad y el desarrollo de destrezas útiles en relación con las funciones y tareas atribuidas a la dirección.

En el apartado 1 del artículo 134 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, se establece como requisito para poder participar en el concurso de méritos de acceso a la dirección escolar estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas. Las certificaciones tendrán validez en todo el territorio nacional.

El Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre, define las características del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva establecido en el artículo 134.1.c) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como de los correspondientes cursos de actualización de competencias directivas.

Esta convocatoria tiene como finalidad principal facilitar a los y las docentes, en el acceso a la dirección escolar, la adquisición de las competencias necesarias para ejercer las funciones propias del puesto de director o directora de los centros docentes públicos que impartan las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y es equivalente al curso teórico del programa de formación inicial de directores y directoras en prácticas, conforme al artículo 15.1 del Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 155, de 11 de agosto).

 

5.3.2. La acreditación en mediación escolar

La Acreditación en Mediación Escolar se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico conforme a las resoluciones de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa (DGOIPE), que convoquen y regulen dicho procedimiento.

 

5.3.3. La acreditación en TIC

La Acreditación en TIC se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico, conforme a las resoluciones de la DGOIPE, que convoquen y regulen el procedimiento.

 

5.3.4. La acreditación en igualdad

La Acreditación en Igualdad se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico, conforme a las resoluciones de la DGOIPE, que convoquen y regulen el procedimiento.

 

5.3.5. Acreditación para el desempeño de las funciones básicas en prevención de riesgos laborales

Esta acreditación se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico, conforme a las resoluciones de la DGOIPE y de la Dirección General de Personal, que convoquen y regulen el procedimiento.

La realización de este curso habilita para el nombramiento como coordinador de prevención de empleados públicos en el caso de los centros docentes, cuya figura se regula en el artículo 10 del Decreto 168/2009, de 29 de diciembre, de adaptación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos (BOC n.º, 25 de 8 de febrero).

 

5.3.6. La capacitación en entornos virtuales de aprendizaje

La acreditación en el Uso de Entornos Virtuales de Aprendizaje (EVA) para la impartición de las enseñanzas a distancia, se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico conforme al artículo 4.2 de la Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los puestos de trabajo docentes de carácter singular […] (BOC n.º 157, de 11 de agosto), en el que se especifica que "debe haber realizado los cursos convocados o reconocidos por la Administración educativa para la capacitación en el uso de entornos virtuales de aprendizaje", entre otros requisitos, para el acceso a puestos docentes de Formación Básica de Personas Adultas, Formación Profesional a Distancia, Bachillerato de Personas Adultas, Enseñanza de Idiomas a Distancia y determinadas enseñanzas no formales de Centros de Educación de Personas Adultas y Centros de Educación a Distancia.

 

5.3.7. La acreditación en Silbo Gomero

La acreditación en Silbo Gomero se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico, conforme a las resoluciones de la DGOIPE que convoquen y regulen el procedimiento.

 

5.3.8. La acreditación para profesorado de puestos singulares en aulas de establecimientos penitenciarios

La acreditación para profesorado de puestos singulares en aulas de establecimientos penitenciarios se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico, conforme a las resoluciones de la DGOIPE y la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, que convoquen y regulen el procedimiento.

 

5.3.9. La acreditación para la gestión administrativa y económica de los centros educativos públicos

La acreditación para profesorado para la gestión administrativa y económica de los centros educativos públicos se reconocerá al profesorado que haya superado el programa formativo específico, conforme a las resoluciones de la DGOIPE que convoquen y regulen el procedimiento.

 

5.4. ¿Cuáles son las funciones de las personas acreditadas?

 

5.4.1. La Función Directiva

Su función es formar a las personas participantes sobre las tareas atribuidas a la función directiva. Este curso deberá permitir la adquisición de competencias genéricas y específicas.

La adquisición de las competencias genéricas permitirá el desarrollo de las siguientes habilidades:

  • Habilidades de liderazgo y fomento del trabajo en equipo.
  • Habilidades de motivación.
  • Habilidades para la gestión de la información y la toma de decisiones.
  • Habilidades de comunicación.
  • Habilidades para la gestión de conflictos y la convivencia.
  • Habilidades para la organización, gestión y coordinación de un centro docente.
  • Habilidades de dirección estratégica: planificación, implementación y evaluación de planes y proyectos.
  • Habilidades de control y supervisión.
  • Habilidades para la gestión del cambio y la innovación.

La adquisición de las competencias específicas permitirá el desarrollo de las siguientes habilidades y sus conocimientos teóricos:

  • El marco normativo aplicable a los centros docentes.
  • El uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación.
  • La gestión administrativa y económica.
  • La dirección y gestión de los recursos humanos.
  • La gestión de documentos institucionales.
  • La organización de tiempos y espacios.
  • La participación de la comunidad educativa y la promoción de la imagen externa.
  • La gestión institucional.
  • La evaluación, los planes de mejora y el fomento de la calidad del centro.

 

5.4.2. Acreditación en mediación escolar

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Asumir la responsabilidad del servicio de mediación, a propuesta de la Dirección del centro y con la aprobación del Consejo Escolar.
  • Supervisar la redacción del plan de actuación del servicio de mediación y su ejecución durante el curso escolar, en permanente colaboración con la Dirección del centro y el Consejo Escolar, así como con el Equipo de gestión de la convivencia.
  • Coordinar el equipo de mediadores del centro y formar parte del Equipo de gestión de la convivencia del centro, garantizando así la coordinación entre ambos equipos.
  • Contribuir de forma activa a la divulgación del procedimiento de mediación, a través de acciones de información, sensibilización y formación, tanto para el alumnado, como para los padres, madres, tutores legales y el personal docente y no docente del centro.
  • Promover, gestionar, colaborar e impartir la formación específica en materia de mediación escolar, dirigida a los componentes del Equipo de mediación del centro.

 

5.4.3. Acreditación en TIC

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Coordinar las propuestas que se elevan al equipo directivo para la elaboración del Plan de Integración de las TIC en los diversos aspectos de la vida del centro educativo.
  • Proponer y coordinar estrategias para la organización y gestión de los medios y recursos educativos relacionados con las TIC (especialmente software y contenidos educativos) de los que disponga el centro, manteniéndolos operativos y actualizados, contando para ello con la ayuda técnica y pedagógica de los Servicios de apoyo de la Consejería de Educación y Universidades y del equipo directivo.
  • Informar al profesorado sobre las nuevas herramientas, los productos y sistemas, relacionados con las TIC, disponibles para la Educación y difundir su utilización en el aula.
  • Orientar y apoyar al profesorado en la integración de las TIC para el desarrollo de las competencias, utilizando nuevas estrategias metodológicas que contemplen el aprovechamiento de las mismas, en especial a través del Plan de Formación del centro educativo.
  • Actuar como elemento dinamizador e impulsor en el centro educativo de cuantas iniciativas y proyectos surjan entre el profesorado y el alumnado, relacionados con las TIC.
  • Coordinar las actividades que se realicen en el centro educativo en relación con el uso de estos medios.
  • Coordinar la dinamización del uso de las herramientas y servicios web (aulas virtuales, blog de centro o de aula, redes sociales, etc.).
  • Otras tareas relativas a la utilización de las TIC, como recurso didáctico propuestas por el equipo directivo.

 

5.4.4. Acreditación en igualdad

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Detectar necesidades en materia de igualdad de oportunidades de ambos sexos, violencia de género e identidad sexual, con la finalidad de elaborar el Plan de igualdad del centro.
  • Proponer criterios al Claustro y al Consejo Escolar, en coordinación con la persona responsable en materia de igualdad en este último, para la revisión del proyecto educativo, de las normas de organización y funcionamiento, y de la planificación y desarrollo de los currículos, incorporando una visión transversal de género destinada a promover la igualdad real entre mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y el respeto a la identidad sexual.
  • Coordinar, dinamizar y apoyar al profesorado en la programación de iniciativas, actividades, proyectos, planes y medidas que contribuyan a impulsar y consolidar proyectos coeducativos con el objetivo de desarrollar un proceso de integración curricular de la igualdad de oportunidades de ambos sexos en todos los niveles y dimensiones de la vida del centro.
  • Propiciar, desde la práctica del aula, que el alumnado se convierta en verdadero protagonista de procesos transformadores en materia de igualdad, prevención de la violencia de género y rechazo a las LGTB fobia, a través de redes educativas que transformen la realidad personal, del aula y del centro.
  • Realizar y dinamizar propuestas de actividades y de acciones de formación para el profesorado, familias y asociaciones de madres y padres, en materia de igualdad entre hombres y mujeres, así como de prevención de la violencia de género y de las LGTBfobia, insistiendo en el principio de corresponsabilidad.
  • Proporcionar al equipo directivo del centro las actuaciones coeducativas que se hayan realizado, la evaluación procesual y las propuestas de mejora que se derivan de esta, para que sean incluidas en la memoria final del curso escolar.

 

5.4.5. Acreditación para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Promover los comportamientos seguros y la correcta utilización de los equipos de trabajo y protección, así como fomentar el interés y cooperación de los trabajadores en una acción preventiva integrada.
  • Promover las actuaciones preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general, efectuando su seguimiento y control.
  • Realizar evaluaciones elementales de riesgos y, en su caso, establecer medidas preventivas del mismo carácter compatibles con su grado de formación.
  • Colaborar en la evaluación y el control de los riesgos generales y específicos de la empresa, realizando visitas al efecto, atención a quejas y sugerencias, registro de datos, y cuantas funciones análogas sean necesarias.
  • Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios, gestionando las primeras intervenciones al efecto.
  • Cooperar con los servicios de prevención.

 

5.4.6. Acreditación en la capacitación de entornos virtuales de aprendizaje (EVA)

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Facilitar el acceso a la oferta de Educación de Personas Adultas (EPA) a este colectivo.
  • Facilitar herramientas de comunicación para llevar a cabo un proceso de enseñanza-aprendizaje fluido.
  • Poner, a disposición del alumnado, recursos educativos que faciliten su incorporación y seguimiento en los espacios virtuales de aprendizaje (EVA).
  • Diseñar y actualizar materiales educativos para utilizar en las plataformas virtuales.
  • Establecer procesos de evaluación y autoevaluación en EVA.
  • Usar los EVA como espacios de enseñanza-aprendizaje, adaptados a las características del alumnado de Educación de Personas Adultas.

 

5.4.7. Acreditación en Silbo Gomero

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Llevar a la práctica el Proyecto de Enseñanza de Silbo Gomero, según las directrices marcadas por la dirección del centro educativo y las recogidas en el Plan Anual del Centro de Profesores de la Gomera.
  • Elevar propuestas al Equipo Directivo para la elaboración del Proyecto de Integración del Silbo en los diversos aspectos de la vida del centro educativo.
  • Organizar y gestionar los medios y recursos educativos relacionados con el Silbo Gomero de los que disponga el centro, contando para ello con la ayuda técnica y pedagógica de los Servicios de apoyo de la Consejería de Educación y Universidades y del equipo directivo.
  • Informar al profesorado y promover en el claustro una actitud participativa con respecto al proyecto.
  • Apoyar al profesorado en el conocimiento e iniciación al Silbo Gomero.
  • Actuar como dinamizador e impulsor en el centro educativo de cuantas iniciativas y proyectos surjan entre el profesorado y el alumnado, relacionados con el silbo.
  • Coordinar las actividades que se realicen en el centro educativo relacionadas con el Silbo.
  • Otras tareas relacionadas con el proyecto propuestas por el equipo directivo.

 

5.4.8. La acreditación para profesorado de puestos singulares en aulas de establecimientos penitenciarios

El profesorado acreditado deberá:

  • Llevar a cabo las competencias necesarias para el desarrollo de su docencia en aulas de establecimientos penitenciarios.

 

5.4.9. La acreditación para la gestión administrativa y económica de los centros educativos públicos

Las principales funciones de las personas acreditadas serán:

  • Ordenar el régimen administrativo y económico del centro docente bajo principios de eficacia, eficiencia y transparencia.
  • Dar a conocer y difundir a toda la comunidad educativa cuanta información sobre normativa, disposiciones legales o asuntos de interés general o profesional se reciba en el centro docente público.
  • Realizar de forma correcta el inventario general del centro docente, mateniéndolo actualizado y velando por el buen uso y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar.
  • Supervisar y controlar el personal de administración y servicios adscrito al centro docente público, velando por el cumplimiento de la jornada y las tareas establecidas.
  • Actuar como secretario o secretaria de los órganos colegiados de gobierno, levantando acta de las sesiones y dando fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno de la persona titular de la Dirección.
  • Custodiar las actas, libros, archivos del centro docente y los documentos oficiales de evaluación, y expedir, con el visto bueno de la persona titular de la Dirección en su caso, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas. Asimismo, cotejar y compulsar documentos administrativos, conforme a la normativa vigente.
  • Actualizar el registro de centralización electrónica de los expedientes académicos del alumnado y custodiar, conservar y actualizar los expedientes, garantizando la coincidencia entre los datos contenidos en el expediente del alumno o alumna en el centro, en cualquier tipo de soporte, y los datos que conforman el expediente centralizado, conforme con el nivel de protección y seguridad establecido en la normativa vigente.
  • Utilizar herramientas y procedimientos de administración electrónica para la gestión documental del centro.

En el siguiente enlace podrá encontrar las Acreditaciones Profesionales disponibles en el momento en el que se realice la consulta.