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Introducción

La Programación Didáctica explicita el plan de actuación del profesorado durante un tiempo determinado y permite anticipar, sistematizar, evaluar y revisar los procesos de enseñanza, de aprendizaje y de evaluación. Asimismo posibilita la coherencia pedagógica y la coordinación, aspectos imprescindibles en un modelo educativo que tiene como referente las competencias, tanto para asegurar su desarrollo como por el hecho de que su adquisición va ligada a los distintos aprendizajes descritos en los criterios de evaluación de cada área o materia.

El artículo 44 apartado 1 del DECRETO 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, de fecha 08/07/2010 (BOC Nº 143. Jueves 22 de julio de 2010) recoge las características y elementos de la programación didáctica.

Tomando dicha norma como referencia, la programación didáctica es el documento en el que se concreta la planificación de la actividad docente siguiendo las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica, en el marco del proyecto educativo y de la programación general anual. Deberá responder para cada área, materia, ámbito o módulo a la secuencia de objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación, distribuidos por curso. Con el fin de organizar la actividad didáctica y la selección de experiencias de aprendizaje, la programación se organizará en un conjunto de unidades de programación que se corresponderán con unidades didácticas o situaciones de aprendizaje, poniendo especial cuidado en la selección de actividades con el fin de procurar experiencias útiles y funcionales que contribuyan al desarrollo y la adquisición de las distintas competencias y a mantener la coherencia pedagógica en las actuaciones del equipo docente. La programación didáctica habrá de dar respuesta a la diversidad del alumnado, recogiendo, en todo caso, las adaptaciones curriculares.

A continuación se describen los apartados de los que puede constar una programación didáctica teniendo en cuenta que como mínimo deben aparecer los descritos en el apartado 3 del artículo 44 antes citado. En la propuesta que presentamos estos apartados corresponden a las letras que aparecen entre paréntesis dentro de los distintos epígrafes de la citada norma.



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