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CONVOCATORIA DESTINADA AL PROFESORADO QUE IMPARTE DOCENCIA EN CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CA-NARIAS, EN EL CURSO ESCOLAR 2021-2022, PARA LA PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA EN EL PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN, RECONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DOCENTES

Convocatoria profesorado BBPP (curso 2021-2022).pdf

  1. Detectar e identificar las Buenas Prácticas Docentes eficaces y eficientes para la consecución de los aprendizajes por parte del alumnado mediante el uso de metodologías innovadoras, activas y competenciales, la inclusividad de todo el alumnado, el uso correcto de la información y de los medios digitales, el mantenimiento de la motivación y el esfuerzo individual y colectivo, la convivencia, la cultura de la paz y la igualdad y la sostenibilidad.
  2. Motivar y reconocer al profesorado que diseña e implementa acciones pedagógicas y didácticas innovadoras, susceptibles de ser reconocidas como Buenas Prácticas.
  3. Difundir las Buenas Prácticas para convertirlas en una oportunidad formativa, poniendo en contacto a profesorado interesado en trabajar en la misma línea, compartiendo intereses comunes, convirtiéndose  en una oportunidad de crecimiento profesional.
  4. Estimular el reconocimiento social del profesorado por su capacidad pedagógica, didáctica y organizativa.
  • Ha sido aplicada con eficacia y eficiencia al menos durante un curso y forma parte del trabajo diario y habitual del docente.
  • Responde a las necesidades detectadas en el alumnado al que imparte clases y a los objetivos establecidos por el centro para la mejora de los resultados, de la convivencia, la inclusión y la cultura de la paz, la igualdad y la sostenibilidad; parte de una situación real contextualizada y se desarrolla con actuaciones coherentes, progresivas y estructuradas con el objetivo de lograr mejoras en los aprendizajes del alumnado.
  • Está incluida en la Programación docente del Departamento y en la PGA del centro (programación de área, materia, módulo; en la Programación de Departamento, en la Programación General Anual). Está respaldada por el equipo directivo.
  • Es sostenible, porque hace uso de los recursos de los que dispone, y es posible mantenerla en el tiempo con esos recursos.
  • Es replicable y se puede adaptar a diferentes contextos educativos, de manera que sirva como referencia a otros centros.
  • Es innovadora, porque incorpora nuevos elementos, desarrolla soluciones nuevas, mejora las actuales o es creativa. Pone en práctica propuestas metodológicas competenciales, innovadoras y motivadoras, activas, participativas, centradas en el alumnado, haciéndoles protagonistas de su aprendizaje
  • Cuenta con amplia participación de la comunidad educativa.
  • Desarrolla estrategias diversas de revisión y evaluación en el diseño, aplicación y resultados, tanto de la labor docente como de la propia programación, mostrando que todo el proceso es susceptible de modificaciones para su mejora en cualquier momento. Sus resultados deben ser observables y medibles. Además plantea la evaluación como estrategia para la construcción del aprendizaje del alumnado, permitiéndole participar activamente en la evaluación de sus logros a través de la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.
  • Primera fase:

    1. Presentación de la solicitud individual por parte de cada docente que voluntariamente quiera participar en el reconocimiento de Buena Práctica Docente.
    2. Presentación del documento que demuestre el conocimiento previo por parte de la Dirección del centro.

    Segunda fase:

    1. Selección, por parte de la Comisión de Selección y Validación, de las prácticas presentadas, atendiendo a los criterios siguientes:
      • Se parte de la autoevaluación previa realizada por el docente y de la información y las evidencias.
      • En aplicación de las rúbricas la puntuación podrá oscilar entre 0 y 30 puntos (Ausencia = 0 puntos; Bajo = 1 punto; Medio = 2 puntos; Alto = 3 puntos), debiendo cumplir las siguientes condiciones para ser seleccionadas:
        • Ningún criterio puede tener una puntuación igual a 0.
        • La suma de todas las puntuaciones debe ser 20 o más.
      • Las prácticas seleccionadas se envían a la Viceconsejería para su posterior remisión a la Inspección General quien se encargará de la organización del procedimiento de supervisión de las prácticas docentes seleccionadas.

     Tercera fase:

    1. La inspección educativa visitará el aula donde imparte docencia el profesor o profesora que se ha presentado para la supervisión de las prácticas seleccionadas. Teniendo en cuenta que la práctica presentada debe ser tan solo una muestra ejemplificadora de la metodología empleada habitualmente por el docente, integrada en una secuencia más amplia de su programación de aula, la supervisión se realizará sobre aquellas sesiones planificadas que coinciden temporalmente con la visita.

    La supervisión se hará partiendo de las rúbricas de calificación establecidas en la presente resolución.

    1. El inspector o inspectora evalúa la práctica docente teniendo como base las evidencias aportadas y la aplicación de las rúbricas. La puntuación podrá oscilar entre 0 y 30 puntos (Ausencia = 0 puntos; Bajo = 1 punto; Medio = 2 puntos; Alto = 3 puntos), debiendo cumplir las siguientes condiciones para ser valorada como buena práctica:
      • En todos los criterios se debe tener una puntuación superior a 1 punto.
      • La suma de todas las puntuaciones debe ser 25 o superior.

    La inspección educativa procederá a la elaboración de los informes de supervisión partiendo de las valoraciones establecidas en las rúbricas. Dicho informe se remitirá a la Comisión de Selección y Validación.

    Cuarta fase:

    1. La comisión a partir de los informes elaborados por la inspección de educación validará las prácticas presentadas con la nota correspondiente por apartados.
    2. Reconocimiento del profesorado responsable de la implementación de las buenas prácticas validadas por la Comisión de Selección y Validación, mediante resolución de la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes.

SOLICITUD, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN:

  1. El docente que quiera participar en la presente convocatoria deberá presentar solicitud de participación y descripción de la buena práctica.
  2. Relación de documentación a presentar, demostrativa de la labor habitual desarrollada en el el aula:
    • Situación de aprendizaje, unidad didáctica, unidad de programación o unidad de trabajo correspondiente a la experiencia de enseñanza y aprendizaje realizado.
    • Programación didáctica del área, materia, ámbito o módulo cuya buena práctica se presenta.
    • Evidencias de los apartados de la rúbrica de evaluación de la programación.

El plazo de presentación de la documentación es de un mes a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Canarias, tal y como se establece en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Comisión de Selección y Validación está compuesta por:

  1. La preside la Viceconsejera de Educación, Universidades, y Deportes o persona en quien delegue.
  2. La coordinación recaerá en dos personas pertenecientes a la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes. Una de ellas actuará como secretaria.
  3. Dos representantes de la inspección de educación designados por la Inspección General.
  4. Dos representantes de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad.
  5. Dos representantes de los Centros del Profesorado.
  6. Dos representantes de la Dirección General de Formación Profesional y Adultos.
  7. Un representante de la Dirección General de Personal.
  8. Un representante de la Agencia Canaria de Evaluación Universitaria y Evaluación Educativa.

Son funciones de la Comisión de Selección y Validación:

  1. Aplicar los criterios para la selección y validación de las buenas prácticas a supervisar.
  2. Seleccionar, entre las prácticas presentadas por los centros educativos o por el profesorado aquellas que, examinada la documentación aportada y a partir de los criterios de selección establecidos, se consideren idóneas para su posterior validación.
  3. Encomendar la supervisión de las prácticas seleccionadas a la Inspección de Educación.
  4. Recibir los informes elaborados por los inspectores e inspectoras que hayan realizado la supervisión.
  5. Validar, a partir de los informes de inspección y de la documentación aportada por el centro educativo o profesorado participante, las prácticas seleccionadas.
  6. Elevar informe a la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deporte donde se especifiquen las buenas prácticas docentes validadas, con la puntuación correspondiente de cada una de ellas, para ser reconocidas como actividades de interés educativo.

Son funciones de la Inspección de Educación:

  1. Supervisar las prácticas seleccionadas por la comisión. El inspector o inspectora, si así lo considera, podrá contar con la colaboración de expertos en el área, materia o módulo.
  2. Emitir los informes correspondientes de la supervisión realizada.

COMPROMISOS, RECONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS

El docente que se haya presentado a este procedimiento y su práctica haya sido valorada como Buena Práctica Docente:

  1. Se compromete a que dicha práctica pueda ser difundida e implementada en otros centros educativos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  2. La práctica será reconocida, mediante resolución de la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deporte como actividad o proyecto de interés educativo y el/ la docente será declarado Docente de Buenas Prácticas en el curso 2021-22.
  3. El Departamento competente en materia de innovación (Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad) certificará dicho reconocimiento, que formará parte del porfolio individual de formación del profesorado como proyecto de innovación con un valor de 200
  4. Tendrá un reconocimiento público en acto institucional convocado al efecto.
  5. Podrá participar voluntariamente como ponente en las acciones de formación del profesorado que se convoquen al efecto.
  6. Podrá participar voluntariamente en la elaboración de guías y materiales didácticos para su publicación por la CEUCD.

Una vez reconocidas las BBPP docentes, se procederá a su difusión en los Centros del Profesorado, entre otros, generando redes de conocimiento entre el profesorado que propicien el trabajo colaborativo para el diseño e implementación de estas experiencias didácticas. La difusión de las Buenas Prácticas se hará mediante:

  1. La publicación de guías y materiales didácticos, con ISBN, en la página web habilitada al efecto, para su reconocimiento.
  2. La convocatoria de jornadas de intercambio de experiencias.
  3. La realización de acciones formativas y de asesoramiento a docentes y centros educativos.
  4. La coordinación de grupos de trabajo que implementen las Buenas Prácticas en otros centros educativos.
  5. La celebración de Jornadas de Buenas Prácticas a desarrollar en el siguiente curso de su reconocimiento con aquellas que hayan sido seleccionadas.

PROPIEDAD INTELECTUAL

  1. La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes se reserva el derecho a la reproducción total o parcial de los trabajos seleccionados.
  2. La reserva de los derechos de publicación no implica compromiso de edición para la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Acceder al formulario para su participación en la Convocatoria, dirigida al profesorado, para el registro de las buenas prácticas docentes:

Buenas prácticas educativas

Esta Web tiene por objeto la difusión de las buenas prácticas docentes, como actividades de interés educativo, entendiendo como tales aquellas que forman parte del trabajo diario y habitual del docente, que deberán poseer las siguientes características:

  1. Innovadoras, aquellas que ponen en práctica diferentes modelos de enseñanza desde un enfoque competencial.
  2. Eficaces y eficientes, aquellas que generan un impacto positivo y tangible en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
  3. Sostenibles, aquellas que hacen uso de recursos personales y materiales que hacen posible su continuidad en el tiempo.
  4. Transferibles, aquellas cuya aplicación son viables en otros centros y enseñanzas.
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