Dirección General de Recursos Humanos


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Ilmo. Sr. D. José Ángel González Díaz

Nombramiento: DECRETO 231/2023, de 17 de julio

Web: https://www.gobiernodecanarias.org/san/

E-mail: dgrrhh.scs@gobiernodecanarias.org

Dirección y Teléfonos

Sede en Gran Canaria

PlazaDr. Juan Bosch Millares, 1
Planta 1ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Telf: 928 30 76 12
Fax: 928 21 71 20

Sede en Tenerife

C/Mendéz Núñez, 14
38071 Santa Cruz de Tenerife
Telf: 922 47 54 39
Fax: 922 47 54 90


Competencias | Marco Legal

Competencias

Corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos las siguientes funciones:

- La elaboración de propuestas y planes para satisfacer las necesidades de personal del Servicio, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 del presente Decreto.
- La selección, nombramiento y contratación del personal laboral temporal.
- La selección y nombramiento del personal temporal sanitario sometido a régimen estatutario.
- La autorización de los gastos y la gestión de la nómina de personal.
- La relación y coordinación con las organizaciones sindicales y profesionales en el ámbito del Servicio, sin perjuicio de la competencia de otros órganos.
- El establecimiento del soporte para los sistemas de gestión y administración general del personal del Servicio.
- La elaboración de los anteproyectos de relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con las propuestas de los restantes órganos del Servicio.
- La formalización de las tomas de posesión y las diligencias de cese del personal funcionario y del sometido al régimen estatutario del Servicio.
- La propuesta a la Dirección General de la Función Pública de la autorización o denegación de compatibilidad para el segundo puesto o actividad en el sector público y para el ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales, fuera de la Administración de la Comunidad Autónoma.
- La resolución de las comisiones de servicios entre distintos órganos centrales y territoriales del Servicio.
- La incoación de los procedimientos disciplinarios por presuntas faltas graves y muy graves y su resolución cuando las sanciones no impliquen separación del servicio.
- El reconocimiento de trienios.
- La declaración de consolidación del grado personal de funcionarios.
- La inspección de todo el personal.
- Todos los actos de administración o gestión de personal no asignados expresamente a otros órganos del Servicio.
- Cuantas otras funciones se le deleguen y cualesquiera otras que se le atribuyan reglamentariamente.



Marco Legal