AVISO IMPORTANTE A LA CIUDADANÍA
Para proceder al alta, baja o modificación de los datos de su animal de compañía en el Censo municipal correspondiente, deberá dirigirse al Ayuntamiento donde habitualmente vive el animal de compañía, al ser dicha Administración municipal la competente para su tramitación, de conformidad con el artículo 11, de la Ley 8/1991, de 30 de abril, de Protección de los Animales, por lo que debe ponerse en contacto con la Corporación municipal respectiva para su inscripción.