Canarias te integra
“Canarias te integra” ofrece recursos esenciales de diferentes administraciones y sus organismos, así como entidades para los migrantes que retornan a Canarias para facilitar su integración.
Camino del Emigrante retornado
En este apartado encontrarás toda la información necesaria para conocer los pasos a seguir en el proceso de emigrante retornado.
Recursos Municipales y Locales
Recursos que ofrecen los Ayuntamientos de los distintos municipios de Canarias tales como el proceso de empadronamiento, atención a los servicios sociales e información general.
Servicios en los Ayuntamientos de Canarias
ARICO
Atención telefónica y cita previa Teléfonos: 922 768 242 Ext. 800.Enviar correo a través del email: infosac@ayuntamientodearico.com
ARONA
Solicitud de alimentos Servicio de Atención Telefónica: 010 (922 761 600).Solicitud de alimentos por correo electrónico: social@arona.org
EL ROSARIO
Empadronamiento presencial : De 09:00 a 13:00h.Plaza del ayuntamiento S/N cp 38290, La Esperanza no se requiere cita previa para empadronarse.
EL SAUZAL
Empadronamiento presencial: 922 570 000 no requiere cita previa, se recomienda llamar antes para confirmar. C/ Constitución nº 3, C.P. 38360, El Sauzal.Atención Servicios sociales: solicitar cita previa con la trabajadora social al 922 570 000.
EL TANQUE
Orientación al ciudadano/a sobre los trámites administrativos, recursos y servicios municipales:Dirección: Ayuntamiento de El Tanque, Avda. Príncipes de España nº 24, 38435, El Tanque. Teléfono: 922 136 715 – Ext. 1001 Fax: 922 136 766 Correo electrónico: registro@eltanque.es
FASNIA
Presencial: Sin cita previa, gestionar en registro general, Teléfono 922 530 028.Dirección: Carretera Los Roques nº 12 Fasnia, S/C de Tenerife 38570.Servicios sociales:Cita previa a la trabajadora social al teléfono 922 530 028 opción 4.
GARACHICO
Trámite en el ayuntamiento: en Plaza de La Libertad Nº 1Servicios sociales: solicitar cita previa presencial en el ayuntamiento o llamar al número 922 830 000 opción 3.Dirección : Plaza de La Libertad, nº 1.
GRANADILLA
Atención en el SAC mediante cita previa: Puede solicitar una cita de las siguientes maneras:-Telefónicamente, llamando al 922 759 900 o al 010.-Enviando un correo electrónico a: 010@granadilladeabona.org
GUIA DE ISORA
Servicios sociales solicitar cita previa: 922 850 100 opción 3; 08:00 a 13:30 de lunes a viernes.
GUIMAR
Servicios sociales presencial: sin cita previa, acercarse al ayuntamiento con la documentación requerida, horario 8.30 a 13.00 de lunes a viernes y sábados 9.00 a 12.00.Cita previa con la trabajadora social: 922 496 231.Teléfono atención al público: 922 526 100.
ICOD DE LOS VINOS
Para solicitar un trámite: dispone de un correo electrónico atencionciudadana@icoddelosvinos.es donde puede solicitar información, así como el número centralizado 922 869 600 ext.1800.Igualmente dispone el número de teléfono Whatsapp 660089226
LA GUANCHA
Empadronamiento sin cita previa: desplazarse a C/ Solitica s/n.Servicios sociales, solicitar cita previa: al teléfono 922 828 423 ext 109 – 144 – 132 – 130 – 110 – 133 o al correo serviciossociales@laguancha.es
SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
LA MATANZA
Empadronamiento presencial: en instalaciones del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo. Av. Tinguaro, 20, 38370 La Matanza de Acentejo sin cita previa y rellenar o recoger impresos. Servicios sociales: solicitar cita previa al teléfono 922 577 120 opción 270.
LA OROTAVA
Servicios sociales: solicitar cita previa con Bienestar Social se debe hacer telefónicamente de Lunes a Viernes en horario de 8:00 a 14:00, al teléfono 922 335 226.
LA VICTORIA DE ACENTEJO
Empadronamiento presencial: acercarse al ayuntamiento en horario de 9.00 a 14.00 y rellenar los impresos. Servicios sociales: solicitar cita previa al teléfono 922 582 002.
LOS REALEJOS
Empadronamiento: se dispensará número para este servicio según orden de llegada.
LOS SILOS
Presencial: para empadronamiento y trabajadora social requiere ir personalmente a las oficinas del ayuntamiento en horario de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes.
PUERTO DE LA CRUZ
Servicios sociales: cita previa al número 922 378 400 ext 6.
SAN JUAN DE LA RAMBLA
Empadronamiento presencial: no requiere cita previa.
SAN MIGUEL DE ABONA
Teléfono de atención ciudadana: 922 700 000.
SANTA CRUZ DE TENERIFE
TACORONTE
Empadronamiento: se recomienda cita previa, a los teléfonos 922 561 350 o 922 842 718.
TEGUESTE
Empadronamiento presencial: no requiere cita previa.Cita previa con la trabajadora social del Ayuntamiento: en el teléfono 922 316 121.
VILAFLOR
Empadronamiento: las gestiones presenciales se realizan en las Oficinas de Atención e Información Ciudadana en Vilaflor y La Escalona.
AGAETE
Empadronamiento: no requiere cita previa, apersonarse al ayuntamiento.Servicios sociales: solicitar cita con la trabajadora social 928 898 002 extensión 4.
VALLESECO
Empadronamiento: puede hacerlo de manera presencial sin cita previa.
FIRGAS
Empadronamiento presencia: no hace falta cita previa.
GALDAR
Empadronamiento presencial: no hace falta cita previa.
ALDEA DE SAN NICOLÁS
Todos los trámites presenciales se realizan por orden de llegada.Servicios sociales: cita previa 928 890 557 - 911 982 959.
LAS PALMAS DE GRAN CANARIAS
SANTA BRÍGIDA
Empadronamiento presencial: no hace falta cita previa.
SANTA LUCÍA DE TIRAJANA
Empadronamiento presencial: no hace falta cita previa.Servicios sociales: 928 666 001 Ext 116.
VALSEQUILLO
Cita previa para trámites presenciales Empadronamiento: 928 705 011.
VEGA DE SAN MATEO
Teléfono cita previa: 928 661 350.
ARRECIFE
Empadronamiento: presencial sin cita previa.
HARÍA
Empadronamiento presencial: no requiere cita previa.Cita previa con la trabajadora social del Ayuntamiento: en el teléfono 922 316 121.
SAN BARTOLOMÉ
Empadronamiento: Presencial sin cita previa.Servicios sociales: cita previa 928 520 128 opción 5.
TEGUISE
Empadronamiento: cita previa al número 928 845 001 ext 226.
BARLOVENTO
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.Servicios sociales: cita previa al teléfono 922 186 002 opción 5.
BREÑA ALTA
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.Servicios sociales: solicitar cita previa 922 437 009 ext 236.
BREÑA BAJA
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.
PUNTALLANA
Información y cita previa: 922 430 000 ext 1 y luego ext 4.
SAN ANDRÉS Y SAUCES
Empadronamiento sin cita previa: Debe acudir de manera presencial.
SANTA CRUZ DE LA PALMA
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.Servicios sociales: cita previa 922 418 170 - 922 418 400.
TAZACORTE
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.
TIJARAFE
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.
VILLA DE MAZO
Empadronamiento sin cita previa: debe acudir de manera presencial.
AGULO
Empadronamiento sin cita previa: acudir de manera presencial.Servicios sociales: Cita previa 922 146 000 ext 7.
HERMIGUA
Empadronamiento sin cita previa: 922 144 040 ext 7.Servicios sociales: cita previa 922 144 040 ext 1.
SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA
VALLE GRAN REY
Empadronamiento sin cita previa: no requiere cita previa.
VALLE HERMOSO
Empadronamiento sin cita previa: no requiere cita previa. Servicios sociales: cita previa con la trabajadora social al número 922 800 000 martes, miércoles y viernes.
ANTIGUA
Servicios sociales: cita previa 928 549 651 EXT 3301-08.
PUERTO DEL ROSARIO
Empadronamiento es presencia: no requiere cita previa.
TUINEJE
Empadronamiento es presencia: no requiere cita previa.Atención al ciudadano: 928 164 045 / 928 164 101.
EL PINAR DEL HIERRO
Empadronamiento presencia: no requiere cita previa.
LA FRONTERA
Empadronamiento presencia: no requiere cita previa.
VALVERDE
Empadronamiento es presencia: no requiere cita previa.
Recursos Gobierno de Canarias
Recursos del Gobierno de Canarias a los que pueden acceder las personas retornadas, estas se dividen por áreas destacando aquellas de mayor relevancia para su integración en la sociedad canaria.
Consulados en Canarias
Los consulados con presencia en Canarias cumplen funciones tales como la protección y asistencia de sus nacionales, la expedición de pasaportes, entre otros trámites. Algunos de estos consulados son honorarios, mientras que otros no tienen representación consular en las islas, por lo que pueden ser itinerantes. A continuación, podrá encontrar los enlaces a las páginas web y/o correos generales para que estén informados.
CONSULADO ARGENTINA
CONSULADO BOLIVIA
CONSULADO ECUADOR
CONSULADO HUNGRIA
CONSULADO PERÚ
Tiene consulado honorario en Tenerife con el siguiente horario: Lunes a Viernes atención telefónica de 11:00 a 13:00 al teléfono 672632952 y Atención presencial con cita previa.
CONSULADO REPÚBLICA CHECA
CONSULADO URUGUAY
CONSULADO PORTUGAL
CONSULADO ALEMANIA
CONSULADO BELGICA
CONSULADO ESLOVAQUIA
CONSULADO CHILE
CONSULADO FRANCIA
CONSULADO ITALIA
CONSULADO MEXICO
CONSULADO RUSIA
CONSULADO REPÚBLICA DOMINICANA
CONSULADO REINO UNIDO
CONSULADO VENEZUELA
CONSULADO AUSTRIA
Recursos Asociaciones, Fundaciones y ONGS
Destacamos las asociaciones que tienen más actividad en las islas y que, además, ejecutan proyectos encaminados a orientar, ayudar y asesorar a la población migrante retornada. Estas asociaciones también son entidades colaboradoras de ayuntamientos y otras entidades locales para ofrecer servicios como ayuda alimentaria, orientación laboral y asesoramiento jurídico, entre otros.Se debe tener en cuenta que muchas de estas asociaciones trabajan con proyectos que se renuevan constantemente; por lo tanto, pueden existir variaciones en las páginas web, y es necesario hacer un seguimiento.
Recursos del Gobierno de España
Enlaces generales a diversos recursos del Gobierno de España, de los cuales pueden beneficiarse las personas retornadas para facilitar su rápida y efectiva inclusión en el sistema estatal.
Recursos de Cabildos Insulares
Enlaces generales y específicos a los recursos de los Cabildos Canarios, de los cuales pueden beneficiarse las personas retornadas. Estos enlaces están divididos por Cabildos, destacando aquellos recursos de mayor relevancia para la inclusión en la sociedad canaria.
Certificado digital, para que sirve y cómo puedo solicitarlo
El certificado digital, también conocido como Certificado de Persona Física o de Usuario, es un documento digital que contiene sus datos identificativos. Este certificado le permitirá identificarse en Internet e intercambiar información con otras personas y organismos, garantizando que solo usted y su interlocutor, en muchos casos administraciones públicas, puedan acceder a dicha información.Es una herramienta útil para presentar y agilizar trámites. A través de este enlace, puede acceder a toda la información necesaria y solicitarlo.
El Camino del Emigrante Retornado
Este espacio busca orientar al migrante retornado en su proceso de retorno desde el mismo momento en que decide volver a Canarias.
¿ Qué documentación necesito tener antes del retorno para gestionar todo lo referente a Trabajo, prestaciones por desempleo y asistencia sanitaria a mi llegada?
Especificamos a continuación la documentación básica necesaria para la partida y para estas gestiones a la llegada:
1. La baja en el registro de matrícula consular
¿Dónde tramito esta baja?
En el consulado correspondiente. Puedes buscar el tuyo en este enlace:
El trámite es sencillo y puede hacerse por:
-correo electrónico,
-correo postal ordinario
-acudiendo al Consulado presencialmente (con cita previa)
¿Qué necesito para realizar ese trámite?
Necesitas la dirección postal del nuevo lugar donde vas a residir en Canarias.
¿Cómo hago ese trámite?
Rellenando el formulario de baja consular que puede descargarse desde la página oficial del Consulado Español del país en el que reside, y, además, también necesitas una copia de su DNI o pasaporte.
Una vez rellenos todos los apartados de este formulario de baja consular, debes enviarlo escaneado a través de: correo electrónico, correo postal ordinario o llevarlo de manera presencial.
Cuando el Consulado recibe su documentación y se inscribe su baja en el Registro de Matrícula Consular, se genera un certificado de baja, este certificado de baja se envía por correo postal ordinario a la dirección de su domicilio en Canarias que previamente facilitó.
Busque en este enlace su Consulado:
2. Trámites y actuaciones referentes a la nacionalidad
¿Dónde hago este tipo de trámites?
Para cualquier tipo de gestión que tenga que ver con la nacionalidad se debe dirigir al Consulado que le corresponde
3. Documentos acreditativos de su actividad laboral
Para tener derecho a las prestaciones básicas previstas por la Ley ya de regreso a Las Islas en lo que se refiere al campo laboral, los emigrantes y sus familiares españoles deberán acreditar documentalmente qué trabajo o trabajos han realizado en el país de procedencia, desde su última salida de España, ya se trate de una actividad laboral por cuenta propia o ajena.
Para que sirva de orientación se dan estos ejemplos:
1. Trabajadores por cuenta ajena:
- Contratos de trabajo o carta de contratación.
- Hojas salariales o nóminas.
- Certificados de afiliación y/o cotización al sistema de la Seguridad Social.
- Certificados de empresas para las que prestaron servicios en que figure el tiempo de esos servicios Permisos de trabajo y residencia del país donde se ha realizado la actividad.
2. Trabajadores por cuenta propia o autónomos:
Documentación que demuestre el periodo que abarcó la actividad y el tipo de actividad.
Certificados de afiliación y/o cotización al Régimen de Seguridad Social que proteja a los trabajadores autónomos, si existiera.
Certificados de las autoridades que debieron aprobar la instalación o ejercicio de la actividad. Certificados acreditativos del pago de impuestos por el ejercicio de la actividad y/o por trabajo personal.
Permisos de trabajo y residencia del país donde se ha realizado la actividad.
¿Dónde se tramitan?
Todos los documentos laborales o de la Seguridad Social se deberán legalizar o apostillar en cuanto a su contenido para dar fe de su veracidad y eso vuelve a corresponder a Embajadas y Consulados:
* Los trabajadores procedentes de estos países deben presentar el llamado Formulario U1:
́-países de la UE
-Suiza
-Noruega
-Islandia y
-Liechtenstein
4. Pasaporte
Todos los ciudadanos españoles tienen derecho a obtener el pasaporte ordinario siempre que se den ciertas circunstancias, detalladas en el siguiente enlace.
¿Qué debo hacer para gestionar todo lo que tiene que ver con mi pasaporte?
La información de todo lo relativo a las gestiones con tu pasaporte puedes obtenerla en estos enlaces:
A estos efectos se debe estar a lo que indique la Agencia Tributaria:
Tratándose además de vehículos, una vez ingresados en el país se deben hacer las pertinentes gestiones en Tráfico:
A propósito del canje de permisos de conducir extranjeros:
Una vez retornado a España es recomendable, como mínimo, realizar los siguientes pasos:
- Darse de alta en el Padrón municipal del Ayuntamiento en el que se vaya a residir.
- Actualización del domicilio en el DNI.
- Darse de alta en la Seguridad Social
- Tarjeta sanitaria
- Si vas a buscar trabajo, inscríbete como demandante de empleo en la Oficina de Empleo del Servicio Público Estatal más próxima a su domicilio
- Si deseas solicitar prestaciones o subsidios por desempleo y retornas de países distintos de los Estados miembros de la Unión Europea, Suiza, Australia (residencia permanente) o Reino Unido, debes solicitar el Certificado de Emigrante Retornado (CER) en el Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación de Gobierno en la provincia en la que resida. Mediante el CER se acredita el periodo trabajado y cotizado en el extranjero y la fecha de retorno.
- Si deseas solicitar prestaciones o subsidios por desempleo y retornas de países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, Suiza, Reino Unido y Australia con residencia permanente, deberás presentar el documento U1 en la Oficina de empleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que le corresponda, dentro de los 15 días siguientes a la finalización del contrato en España o, en el primero de los casos, en los 15 días siguientes al retorno.
- Si has exportado el paro de países comunitarios, entrega el formulario U2 en la oficina del SEPE en los siete días naturales siguientes a la baja de los servicios de empleo del país de retorno.
¿ Qué documentación necesito tramitar para gestionar más concretamente todo lo referente a Trabajo, prestaciones por desempleo y asistencia sanitaria a mi llegada?
1. DNI ( Documento Nacional de Identidad )
¿A dónde tengo que acudir?
Encontrará los datos de las oficinas de expedición en la web de la Dirección General de la Policía.
2. Empadronamiento
¿Cómo hago para empadronarme? ¿ A dónde acudir?
Toda la información te la darán en el correspondiente Ayuntamiento del municipio en el que vayas a residir.
También se puede hacer de forma presencial poniéndote en contacto con el tuyo:
3. Certificado de Emigrante Retornado
Si no retornas desde Europa, tampoco desde Suiza ni de Australia debes sacar el Certificado de Emigrante Retornado.
¿Dónde puedo obtenerlo?
Esa gestión debe hacerse a través del área de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno que le corresponde a su domicilio. Aquí puedes saber la ubicación de la que te corresponde:
Este en concreto es un documento muy importante para la solicitud de los siguientes subsidios o prestaciones:
- La prestación por desempleo de nivel contributivo.
- El subsidio por desempleo para emigrantes retornados.
- El subsidio por desempleo para personas emigrantes retornadas mayores de 52 años
- La renta activa de inserción.
4. El permiso de conducir
Este puede ser también un documento que condicione tu actividad laboral. Todo lo que se refiere a su tramitación o renovación puedes verlo en estos enlaces:
5. Partidas de nacimiento, matrimonio o defunción
¿Dónde se tramitan?
En el Registro Civil de la localidad de residencia. Busca el Registro de tu zona aquí:
Las certificaciones de nacimiento, matrimonio o defunción ocurridas en el extranjero y cuya inscripción fue realizada en un Consulado español, deberán solicitarse en el Registro Civil Central en Madrid:
Se puede solicitar el traslado del expediente al Registro Civil de la localidad donde se resida,
6. Certificado de diversidad de apellidos
Este puede ser un trámite necesario para posibles problemas de identificación que pudieran ser un obstáculo en tus gestiones.
Busca tu Registro Civil más cercano:
7. Cuentas bancarias en el extranjero
Algunos trámites para ayudas y subvenciones podrían solicitar información acerca del patrimonio de que se dispone.
Los emigrantes que retornen a España y sean titulares de cuentas a la vista, de ahorro a plazo, o cuentas de valores denominadas en cualquier moneda, incluido el euro, en oficinas bancarias o de crédito extranjeras, podrán seguir manteniéndose sin ninguna restricción, siendo libres los cobros y los pagos entre residentes y no residentes mediante abonos y adeudos en dichas cuentas.
Existe, no obstante, el deber de declaración ante el Banco de España de todas las operaciones realizadas por residentes en España por cuenta propia con no residentes sea cual sea su naturaleza e independientemente de cómo se liquiden, así como de declarar los saldos y variaciones de activos y pasivos frente al exterior, entre los que se encuentran las cuentas abiertas con no residentes.
Consultas:
Departamento de Estadística del Banco de España (Alcalá 522, 3o planta, 28027 Madrid). Teléfonos 91.338.54.69/54.87.)
Las cotizaciones a la Seguridad Social española a través de este Convenio permiten generar derechos a efectos de pensiones.
En concreto:
- Pensión de jubilación.
- Pensión por invalidez permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
- Prestaciones por muerte y supervivencia (pensiones de viudedad y orfandad).
¿Quiénes tienen derecho a estas prestaciones?
Pueden suscribir este convenio especial los emigrantes retornados y los hijos de éstos que posean la nacionalidad española, sea cual fuese el país en el que hayan trabajado, en el momento de su retorno a territorio español, siempre que no se hallen incluidos obligatoriamente en algún régimen público de protección social en nuestro país.
Esta modalidad de Convenio también puede suscribirse por parte de los emigrantes españoles y los hijos de éstos que posean nacionalidad española cuando se encuentren trabajando en el exterior, así como por los seglares, misioneros y cooperantes españoles enviados por sus respectivas organizaciones o instituciones a los países extranjeros.
Toda la información en este enlace:
¿Existen subsidios cuyo fin es la protección al migrante retornado en situación de desempleo?
Sí, de un lado están los subsidios de nivel asistencial y son estos:
- La Renta Activa de Inserción para Emigrantes Retornados (RAI)
- El Subsidio por Desempleo para emigrantes retornados mayores de 52 años
- La Prestación por Desempleo para el Emigrante Retornado que cotizó en España antes de emigrar
Existen también ayudas destinadas a atender las Situaciones de Necesidad de los Españoles Retornados, en lo referente a los Gastos Extraordinarios derivados del hecho del retorno, siempre y cuando se acredite escasez de recursos.
Todo lo referente a los requisitos, las cuantías, el procedimiento y el lugar de presentación de las solicitudes de estos subsidios y estas ayudas en el siguiente enlace:
Existen además las prestaciones por desempleo de nivel contributivo, Se refiere a los trabajadores que retornen a España por haber cesado su actividad laboral en el extranjero y que cumplan determinados requisitos.
Toda la información en lo referente a requisitos, cuantía, procedimiento y lugar de presentación de solicitudes en el siguiente enlace:
Emigrantes retornados y Brexit
En el capítulo de las prestaciones por desempleo, existe un acuerdo, el ARF que ha incluido el Protocolo de Coordinación de la Seguridad Social que se aplicará a las personas afectadas por el Brexit en esta área.
Todo lo relativo a las adaptaciones del sistema como consecuencia del Brexit en el siguiente enlace:
¿Además de esta protección al desempleo, qué otro tipo de ayudas existe?
Están las ayudas para atender situaciones de extraordinaria necesidad de los retornados
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los españoles de origen retornados, dentro de los nueve meses siguientes a su retorno, siempre que quede acreditado que han residido en el exterior, de forma continuada, un mínimo de cinco años antes del retorno.
Las ayudas se conceden a los retornados que se encuentren en situación de necesidad económica en relación con los gastos que deben afrontar en el momento del retorno, situación que se acreditará mediante informe de los Servicios Sociales del lugar de residencia del solicitante.
Toda la información complementaria en este enlace:
¿Qué trámites debo hacer con respecto a mi asistencia sanitaria si vuelvo para incorporarme directamente a un puesto de trabajo?
Lo hará tu empresa en el sistema de la Seguridad Social.
¿Y si vengo a desempeñar un trabajo por mi cuenta como autónomo?
En ese caso serás tú quien debe hacer las gestiones.
Puedes realizar este trámite a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, por correo ordinario o en un centro de Atención e Información de la Seguridad Social, solicitando cita previa en los teléfonos 901 106 570/ 91 5412 530 o en la web:
Los centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) los puedes encontrar en estos enlaces:
CAISS provincia de Las Palmas de Gran Canaria:
CAISS provincia de Santa Cruz de Tenerife:
¿Tengo derecho a asistencia sanitaria si estoy en situación de desempleo?
Sí, los perceptores de las prestaciones o subsidios por desempleo, deben solicitar la Tarjeta Sanitaria Individual en el Centro de Salud que les corresponda por su domicilio.
¿Y en cuanto a los pensionistas y su cobertura en lo que se refiere a su asistencia sanitaria?
Existen varios casos:
A.Los procedentes de países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza
Cuando un emigrante retorna a España procedente de uno de estos países siendo titular de una pensión a cargo de dicho país que le dé derecho a las prestaciones sanitarias, tendrá cubiertas, tanto él como sus posibles beneficiarios, las citadas prestaciones una vez que fije su residencia en España.
B.Los procedentes de otros países con los que España tiene suscrito convenio de Seguridad Social que incluye la exportación de asistencia sanitaria en residencia habitual
Cuando el emigrante retorne a España percibiendo una pensión a cargo de uno de estos países que le dé derecho a las prestaciones sanitarias, tendrá cubiertas, tanto él como sus posibles beneficiarios, las citadas prestaciones una vez que fije su residencia en España.
Tanto en unos casos como en los otros se debe tramitar todo a través de la oficina del CAISS correspondiente a su zona de residencia:
CAISS provincia de Las Palmas de Gran Canaria:
CAISS provincia de Santa Cruz de Tenerife:
C.Pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior, en sus desplazamientos temporales a España
Los pensionistas y los trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior, en sus desplazamientos temporales a España, pueden solicitar la prestación de asistencia sanitaria siempre que no tengan prevista esta cobertura de acuerdo con las disposiciones de la legislación de Seguridad Social española, las del Estado de procedencia o de las normas o Convenios Internacionales de Seguridad Social establecidos al efecto.
También pueden obtener el reconocimiento de ese derecho, cuando les acompañen en sus desplazamientos a España y a su cargo, los descendientes de primer grado de los pensionistas y trabajadores beneficiarios.
¿Tengo derecho a asistencia sanitaria en España? ¿Cómo y dónde tramitar la tarjeta sanitaria?
Siempre que se tenga nacionalidad española y residan en territorio español se tendrá derecho a la misma.
También tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, siempre que residan en España, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los descendientes y las personas asimiladas a cargo del mismo, que sean menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
Tramitación e información complementaria en las oficinas del CAISS de su zona , que puede encontrar en los siguientes enlaces:
Provincia de Las Palmas de Gran Canaria:
Provincia de Santa Cruz de Tenerife:
Si tengo más 65 años y regresó a España ¿A qué pensión tengo derecho?
A.Si tiene el tiempo mínimo cotizado en España y está dentro de la edad de jubilación:
B.Si con el periodo cotizado en España no es suficiente, se puede computar el tiempo cotizado en el exterior, en todo caso depende del país en el que haya cotizado y para su tramitación, en el momento en que se alcance la edad de jubilación, debe acudir a las oficinas del CAISS de su zona, que puede encontrar en los siguientes enlaces:
Provincia de Las Palmas de Gran Canaria:
Provincia de Santa Cruz de Tenerife:
C.Si no cumpliera con los periodos mínimos exigidos de cotización en España, pero sí ha residido en territorio español durante un período de 10 años:
D.Si no cumpliera con los dos requisitos anteriores, es decir, no tuviera el período de 10 años de residencia en España y no se encontrara en situación de cumplir con el periodo de dos años consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud, podría solicitar una pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornados, siempre y cuando el retorno sea de países donde la precariedad del sistema de protección social justifique la existencia de la prestación por razón de necesidad.
Para su tramitación:
¿Se debe renovar la pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornado?
Los beneficiarios de la pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornado, todos los años entre el 1 de julio y el 30 de noviembre, deberán cumplimentar y enviar el formulario de renovación y la declaración responsable de Fe de vida e ingresos.
Se puede hacer de forma telemática:
O en los CAISS. Busca el de tu zona:
Provincia de Las Palmas de Gran Canaria:
Provincia de Santa Cruz de Tenerife:
Ingreso mínimo vital, renta activa de inserción y otras medidas extraordinarias en caso de situación de vulnerabilidad.
¿Qué es el ingreso mínimo vital y a quién corresponde?
Todo sobre esta línea extraordinaria de ayudas por situación de vulnerabilidad en este enlace:
¿Y la renta activa de inserción (RAI)?
Todos obre esta medida extraordinaria especialmente dirigida al migrante retornado en el siguiente enlace:
Si aún así tienes dudas te sugiero que comuniques con el SEPE, Servicio Público de Empleo Estatal:
En todo caso, en la web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en el apartado Escudo Social, figuran más ayudas en otros ámbitos como: mujeres víctimas de violencia de género, hijo e hijas, autónomos, derechos laborales.
Al mismo tiempo, te aconsejamos acudir a los servicios sociales del municipio de residencia o en el que se vaya a residir para recibir información sobre la posibilidad de acceder a posibles ayudas municipales.
También sugerimos ponerse en contacto con las asociaciones de emigrantes retornados que pudiera haber en el municipio en el que resida el interesado.
Y, por último, también le aconsejamos la posibilidad de recurrir a entidades, como Cáritas, Banco de Alimentos o Cruz Roja.
Este enlace del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 contempla toda esta batería de ayudas disponibles para paliar situaciones de vulnerabilidad:
¿Cuál es el procedimiento para acceder a una plaza en una residencia o a una prestación económica en los casos de dependencia?
La Comunidad Autónoma tendrá que valorar la situación de dependencia, reconocer el derecho, si procede, y prestar el servicio o realizar el pago de la prestación económica que se determine en el programa individual de atención.
El beneficiario participará, según su capacidad económica, en la financiación de las prestaciones.
Esa capacidad económica será también tenida en cuenta para determinar la cuantía de las prestaciones económicas.
Más información en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y en la web de la Comunidad Autónoma que se facilitan a continuación
En lo referente a las residencias para personas mayores, los españoles que habiendo residido en el extranjero retornen a España, podrán acceder a las plazas residenciales de la red pública de Centros para personas mayores. Para información sobre ellas debe acudir también a los enlaces anteriores.
¿Quiénes tienen derecho a estas prestaciones?
Todas aquellas personas cuya salud requiera de especiales cuidados médicos y psicológicos, rehabilitación adecuada y recursos económicos para facilitar una mayor realización personal e integración laboral y social, es decir, todos aquellos ciudadanos con alguna discapacidad física, psíquica o sensorial.
Siendo beneficiarios los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplan los requisitos.
Se recomienda consultar a tales efectos los siguientes enlaces: