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Implantación

INTRODUCCIÓN

Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la autorización de la implantación de nuevas titulaciones oficiales en las universidades radicadas en su territorio.

Las nuevas titulaciones que se implanten en las universidades canarias deben superar dos evaluaciones ex-ante. Por un lado, deben someterse a un proceso de autorización para la implantación, en aplicación del Decreto 168/2008, de 22 de julio. Pare ello, la Universidad realiza la correspondiente solicitud ante la Consejería de Universidades, y esta le solicita a la ACCUEE la elaboración de un informe en el que se evalúan los requisitos y se valoran los criterios generales establecidos en el citado Decreto. Por otro lado, la Universidad solicita la verificación del plan de estudios al Consejo de Universidades, y este le solicita a la ACCUEE la elaboración del correspondiente informe de evaluación. 

A través de estos procesos complementarios se evalúa el cumplimiento de la parte 1 de los ESG en los diseños de los programas formativos.

Para cualquier duda, aclaración o sugerencia puede utilizar el correo electrónico:

calidad.accuee@gobiernodecanarias.org

 

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