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Decreto 3/2001, 12 enero, por el que se establecen directrices en relación a la llevanza de libros-registros y presentación de declaraciones y declaraciones-liquidaciones en euros durante el período transitorio a que se refiere la ley 46/1998, 17 diciembre (BOE 302, 18.12.98), sobre introducción del euro, y se modifican normas tributarias referidas al Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias y al Impuesto General Indirecto Canario contenidas en los Decretos 139/1991, 28 junio (BOC 86, 29.6.91), 182/1992, 15 diciembre (BOC 174, 18.12.92, corrección 179, 30.12.92), 183/1992, 15 diciembre (BOC 174, 18.12.92, corrección 179, 30.12.92), 217/1992, 29 julio (BOC 98, 30.7.93) y 51/1998, 17 abril (BOC 48, 20.4.98, corrección 97, 31.7.98)

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Decreto 139/1991, 28 junio, por el que se aprueban las normas de gestión, liquidación, recaudación e inspección de las importaciones de bienes sujetas al Arbitrio sobre la producción e importación en Canarias, y de revisión de los actos dictados en aplicación del mismo

Artículo 4 (apartado 1). Modificado (art 6.1)
Artículo 5 Modificado (art 6.2)
Disposición Final 3 Añadida (art 6.3)

Decreto 183/1992, 15 diciembre, por el que se aprueba el contenido, la forma y los plazos de presentación de las declaraciones censales relativas al comienzo, modificación o cese que han de presentar los empresarios o profesionales sujetos pasivos del Impuesto General Indirecto Canario, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo y la tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite o azar, devengada por la autorización de explotación de máquinas o aparatos automáticos

Artículo 1 (apartado 2). Modificado (art 8.1)
Artículo 2 Modificado (art 8.2)
Artículo 5 Modificado (art 8.3)

Decreto 182/1992, 15 diciembre, por el que se aprueban las normas de gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto General Indirecto Canario y la revisión de los actos dictados en aplicación del mismo

Artículo 7 (apartado 2). Modificado (art 7.1)
Artículo 28 (apartado 3). Modificado (art 7.2)
Artículo 35 (apartado 1). Modificado (art 7.3)
Disposición Transitoria  (unica). Modificada (art 7.4)

Decreto 217/1993, 29 julio, de modificación de determinados procedimientos tributarios

Anexo 3 Se añade un nuevo apartado «Impuesto General Indirecto Canario» (art 9)

Decreto 51/1998, 17 abril, por el que se modifican los Decretos 182/1992, 15 diciembre y 183/1992, 15 diciembre (BOC 174, 18.12.92, corrección 179, 30.12.92), relativos a la gestión del Impuesto General Indirecto Canario y el Decreto 139/1991, 28 junio (BOC 86, 29.6.91), relativo a la gestión del Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias

Disposición Adicional  (única. apartados 3 y 4). Añadidos (art 10)
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