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Orden, 12 may 94, de la Consejería de Industria y Comercio, por la que se determinan los municipios y zonas dentro de ellos que quedan exceptuados del régimen general de horarios comerciales por tener la condición de gran afluencia turística

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Ley 4/1994, 25 abril, de Ordenación de la actividad comercial en Canarias

Artículo 11 Excepciones al régimen general de horarios comerciales de determinadas zonas de los siguientes municipios:
Tenerife: Adeje, Arona, Santiago del Teide y Puerto de la Cruz
Gran Canaria: Mogán y San Bartolomé de Tirajana
Lanzarote: Teguise, Tías y Yaiza

Decreto 24/1994, 4 marzo, por el que se establece la regulación de horarios comerciales en la Comunidad Autónoma de Canarias

A nivel general  Excepciones al régimen general de horarios comerciales de determinadas zonas de los siguientes municipios:
Tenerife: Adeje, Arona, Santiago del Teide y Puerto de la Cruz
Gran Canaria: Mogán y San Bartolomé de Tirajana
Lanzarote: Teguise, Tías y Yaiza

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