Artículo 6 Se mantiene la delegación en la Dirección General de la Función Pública del apartado 2, letras f y j (situaciones administrativas y personal laboral
No se comprende la facultad sobre inspección de servicios, apartado 2.d., por lo que debe entenderse revocada la delegación otorgada por la Orden 22.4.87. La Orden 22.4.87 ha sido derogada íntegramente
Artículo 27 Se delegan facultades en la Dirección General de la Función Pública
Artículo 69 Se delegan facultades en la Dirección General de la Función Pública