A nivel general Derogado aunque surtirá efectos, como resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo, por un período máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor del Decreto 3/1998
Los artículos 22 al 32 mantendrán su vigencia hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 22 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 23 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 24 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 25 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 26 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 27 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 28 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 29 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 30 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 31 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
Artículo 32 Vigente hasta la entrada en vigor de una nueva reglamentación
A nivel general Derogado aunque surtirá efectos, como resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo, por un período máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor del Decreto 3/1998