Disposición Adicional 1 (apartados 4, 6 y 7. En la redacción dada por la Ley 8/2001). Transferencias de funciones en materia de servicios forestales, vías pecuarias y pastos, protección del medio ambiente y gestión y conservación de espacios naturales protegidos. Estas funciones fueron, en su momento, delegadas por el Decreto 161/1997, 11 julio.