A nivel general Se deroga el Capítulo IV, Sección 2ª «Del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura», que comprende los artículos 20, 21, 22 y 23
Artículo 20 Derogado (DD unica)
Artículo 21 Derogado (DD unica)
Artículo 22 Derogado (DD unica)
Artículo 23 Derogado (DD unica)