A nivel general 1. Se revoca, con carácter general, la competencia de ordenar pagos delegada en los Vicerrectores, Decanos y Directores de Centros y Directores de Departamentos y de Institutos Universitarios
2. Suplira al Excmo Sr Rector, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad del Excmo Sr Vicerrector de Investigación y Relaciones Internacionales, el Excmo Sr Vicerrector de Extension Universitaria