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Orden, 15 nov 90, de la Consejería de la Presidencia, por la que se dispone la aplicación de los trámites previstos en el Decreto 123/1990, 29 junio (BOC 95, 30.7.90 corrección 117, 17.9.90) que reguló el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago, a los expedientes que se tramiten para la concesión a las corporaciones locales de tratamientos, honores y distinciones, así como para el otorgamiento a islas y municipios de títulos, lemas y dignidades
Ficha
Disposiciones Afectadas
Referencias Posteriores
Materias
Publicado en:
BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS
(
núm. 147, 26/11/1990
)
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1990/147/001.html
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Decreto 123/1990, 29 junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación, por la Comunidad Autónoma de Canarias, de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago
Artículo 2
Aplicable a los expedientes que se tramiten para la concesión a corporaciones locales de tratamientos, honores y distinciones así como para otorgamiento a islas y municipios de títulos, lemas y dignidades
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Adaptación procedimientos a la Ley 30/1992 (Anexo Administración Territorial)
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