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Orden, 27 nov 2007, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se crean las Oficinas Liquidadoras Comarcales Lanzarote y Fuerteventura, y en esta última se crean dos oficinas desconcentradas

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Decreto 20/2005, 22 febrero, por el que se encomienda a las Oficinas Liquidadoras a cargo de Registradores de la Propiedad del ejercicio de funciones administrativas respecto de la aplicación de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias y se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda aprobado por Decreto 12/2004, 10 febrero (BOC 52, 16.3.2004)

A nivel general  Se crean las siguientes Oficinas Liquidadoras que entraran en funcionamiento el 1.1.2008
Oficina Liquidadora Comarcal Lanzarote: Arrecife, Teguise, Tías y Mercantil
Oficina Liquidadora Comarcal Fuerteventura: Puerto del Rosario número 1, Puerto del Rosario número 2, y Mercantil, Corralejo y Pájara
Anexo 2 Se crean las siguientes Oficinas Liquidadoras que entraran en funcionamiento el 1.1.2008
Oficina Liquidadora Comarcal Lanzarote: Arrecife, Teguise, Tías y Mercantil
Oficina Liquidadora Comarcal Fuerteventura: Puerto del Rosario número 1, Puerto del Rosario número 2, y Mercantil, Corralejo y Pájara
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