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Orden, 14 abr 2008, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se regula temporalmente el marisqueo profesional a pie, para la recolección de lapas

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Decreto 182/2004, 21 diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias

Artículo 50 (apartado 1). Autorización temporal por un periodo de 24 meses para la recolección de lapas, con las excepciones previstas en el artículo 54.4 y en la Orden 27.7.2004
Artículo 54 (apartado 4). La autorización no será de aplicación a la «lapa majorera» ni a las distintas especies de lapas de la costa de Fuerteventura afectadas por un periodo de veda según Orden de 27.7.2004

Orden, 27 jul 2004, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se establece un periodo de veda para el marisqueo de las distintas especies de lapas en la costa de la isla de Fuerteventura

A nivel general  La autorización no será de aplicación a las distintas especies de lapas de la costa de Fuerteventura

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