A nivel general Se crean los siguientes Registros:
*Registro de convenios de colaboración con el Estado y las Comunidades Autónomas, dependiente de la Secretaría General, y
*Registro de acuerdos de colaboración con Administraciones y entidades públicas extranjeras, dependiente del Comisionado de Acción Exterior
Artículo 4 Artículo 4 del Reglamento orgánico
(apartado 2.n). Añadido (DF 1.uno)
(apartado 3). Añadido (DF 1.dos)
Artículo 20 Artículo 20 del Reglamento orgánico
(apartado 4.e). Modificado (DF 1.tres)