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Decreto 89/2019, 22 mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por el que se regula la creación y organización de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
Ficha
Disposiciones Afectadas
Referencias Posteriores
Materias
Publicado en:
BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS
(
núm. 109, 10/06/2019
)
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2019/109/003.html
LEYES Y REGLAMENTOS DE LA C.A.C.
/libroazul/pdf/77996.pdf
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Artículo 2
Disposiciones
Observaciones
DECRETO 46/2021, de 12 de mayo, que modifica el Decreto 89/2019, de 22 de mayo, por el que se regula la creación y organización de las Oficina...
Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda con la siguiente redacción:
1.- Se crean dos oficinas de ámbito provincial, con sede en las capitales de provincia, de donde tomarán su denominación: la Oficina de Asistencia a las Víctimas del delito de Las Palmas y la Oficina de Asistencia a las Víctimas del delito de Santa Cruz de Tenerife.
Dos. Se introduce una Disposición transitoria única con la siguiente redacción:
Disposición transitoria única.- Designación de personal funcionario en régimen de atribución temporal de funciones y recurso a los instrumentos previstos en el artículo 27 de Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Hasta que se proceda a la aprobación de la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de Administración de Justicia, podrá, de conformidad con lo establecido en el Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba el Reglamento General del ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, designar a personal funcionario en régimen de atribución temporal de funciones, así como recurrir a los instrumentos previstos en el artículo 27.2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, para prestar los servicios de asistencia y apoyo que corresponden a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.
Disposición Transitoria
Disposiciones
Observaciones
DECRETO 46/2021, de 12 de mayo, que modifica el Decreto 89/2019, de 22 de mayo, por el que se regula la creación y organización de las Oficina...
Disposición transitoria única.- Designación de personal funcionario en régimen de atribución temporal de funciones y recurso a los instrumentos previstos en el artículo 27 de Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Hasta que se proceda a la aprobación de la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de Administración de Justicia, podrá, de conformidad con lo establecido en el Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba el Reglamento General del ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, designar a personal funcionario en régimen de atribución temporal de funciones, así como recurrir a los instrumentos previstos en el artículo 27.2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, para prestar los servicios de asistencia y apoyo que corresponden a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.
Disposición Derogatoria
Disposiciones
Observaciones
DECRETO 46/2021, de 12 de mayo, que modifica el Decreto 89/2019, de 22 de mayo, por el que se regula la creación y organización de las Oficina...
Disposición derogatoria única.- Disposiciones que se derogan.
Queda derogada la Disposición adicional segunda del Decreto 89/2019, de 22 de mayo, por el que se regula la creación y organización de las oficinas de asistencia a las víctimas del delito en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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