En el caso de sexting se trata de contenidos muy íntimos, generados por los propios remitentes, mediante la grabación de sonidos, fotos o vídeos propios en actitudes sexuales, desnudos o semidesnudos, normalmente con destino a una pareja sexual o amorosa, aunque también en no pocas ocasiones a otros amigos, como un simple juego. Esto expone al creador o creadora de dichos contenidos a graves riesgos.
Según un estudio del INTECO (2010) el 8,1% de los menores españoles recibe de fotos o vídeos de chicos/as de su entorno en posturas provocativas o inapropiadas. El 4,0% reconoce haberse hecho fotografías o vídeos a ellos/as mismos/as en posturas provocativas o inapropiadas. La incidencia directa es algo mayor entre los adolescentes de 15 y 16 años: 6,1%.
- El derecho a la propia imagen es un aspecto básico de la privacidad.
- En Internet es frecuente el uso sin permiso de la imagen de otras personas.
- Los menores casi nunca son conscientes de las repercusiones que esto tiene.