Mi PDdC: Política de uso (V)

Política de uso

Borrador para la definición de la política de uso de mi PDdC que permitirá para potenciar la utilización de las tecnologías digitales para el aprendizaje al mismo tiempo que genera un entorno seguro y fiable, basado en el respeto y el estricto cumplimiento de la normativa vigente.

Para ello respondemos a las siguientes preguntas que nos ayudan al análisis y reflexión:

  • ¿En qué momentos/lugares y para qué se usan (o se pueden usar) las tecnologías digitales en la organización educativa?
    • En los departamentos didácticos para la preparación e impartición de la docencia.
    • En los cursos de la plataforma en las enseñanzas a distancia o semipresenciales.
    • En la tutoría presenciales de apoyo de las diferentes materias de la oferta a distancia o semipresencial.
    • En el desarrollo de las clases presenciales en la oferta presencial.
    • En el desarrollo de la función tutorial on-line.
    • En los procedimientos de evaluación del alumnado.
    • En los trámites de carácter administrativos.
    • En los espacios comunes por parte del alumnado donde se les ofrece conectividad para sus propios dispositivos.
    • En los ordenadores habilitados para el alumnado en espacios comunes.
  • ¿Qué tecnologías digitales se pueden usar en esos momentos/lugares y con esa finalidad? ¿Quién puede usarlas?
    • Tecnología móvil propia en cualquier lugar y momento donde se estén empleando para una acción formativa o una práctica de enseñanza-aprendizaje a través de las operadoras de los usuarios.
    • Wifi para conectarse en todo el centro.
    • Tecnología aportada por el centro en las aulas como apoyo a la clase presencial para el profesorado.
    • Aulas de informática para el alumnado para acciones formativas o evaluativas.
    • Ordenadores personales en los despachos de los departamentos didácticos para el desarrollo de su trabajo docente por parte de cada profesor.
    • Ordenadores de sobremesa en áreas comunes para el alumnado para realizar tareas escolares.
    • Ordenadores de sobremesa en puntos establecidos (portería-secretaría) para realizar trámites de carácter administrativo para el personal de administración y servicios.
    • Ordenadores de sobremesa para el público en general para realizar trámites de carácter administrativo.
  • ¿Quién es la persona responsable de ese uso?
    • El profesor/a en el uso de las tecnologías que se ponen a su servicio o exijan planificación para su uso
    • El equipo directivo de los equipos puestos al servicio del alumnado en áreas comunes y para el público en general
    • El alumnado del uso de sus dispositivos móviles a través de sus operadoras o de la red wifi.
  • ¿Se ven comprometidos en esa actividad datos que puedan afectar a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal?
    • Hay entornos seguros en las actividades docentes de la plataforma y en las aulas.
    • Hay entornos seguros en las tareas administrativas.
    • Hay dificultades para asegurar que no se corren riesgos cuando se usan aparatos móviles en general y cuando se usan en áreas comunes habilitadas para el alumnado.
  • ¿Existe alguna normativa específica para ese uso concreto?
    • Se aplica la normativa general.
    • Cartelería con código de conducta.
    • Mensajes de advertencia.
  • ¿Implica algún sistema de corrección en caso de que se produzca un mal uso de las tecnologías digitales?
    • Se aplica el sistema de sanciones del Reglamento de Régimen Interno
    • Se aplica el sistema de sanciones legalmente determinado por la normativa general.

Tabla resumen de la política de uso de mi borrador de PDdC:

Política de uso

 

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Autor: mexphers

Profesora de Filosofía

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