¿Qué tipo de ayudas recoge esta convocatoria y qué incluyen ?
- Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH:
- Enseñanza: hasta 862,00 euros.
- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
- Libros y material didáctico:
- Para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
- Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
- Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las bases de la convocatoria, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
- Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH ( sólo para familias numerosas)
- Transporte: hasta 308,00 (si es transporte urbano) o 617,00 euros (si es transporte interurbano).
- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
- Una cantidad máxima de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa
¿Cuáles son los requisitos generales para optar a estas ayudas?
Requisitos generales para solicitar Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH:
- Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
- Certificado de minusvalía/discapacidad.
- Haber cumplido los dos años de edad antes del 31 de diciembre de 2012. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
- Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
- Educación Infantil
- Educación Primaria
- Educación Secundaria Obligatoria
- Distintas modalidades de Bachillerato
- Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
- Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
- Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
- Programas para la transición a la vida adulta
Para ver toda la información en el siguiente enlace se podrá consultar la web del Ministerio de Educación al respecto.