Procedimiento solicitud NUSS y alta Seguridad Social
Según la disposición adicional -DA- quincuagésima segunda -52ª- del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS-, sobre inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, con vigencia desde el 1 de enero de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se determina la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que las realicen en los términos de esta disposición adicional.
El alumnado de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, que realice Formación Dual, FCT o Prácticas Externas debe aportar el NUSS (Número de la Seguridad Social) al centro educativo para proceder a ser dados de alta en la Seguridad Social, con al menos 1 mes de antelación al comienzo de las mismas.
De no realizar estos dos trámites con anterioridad a la fecha indicada NO podrá realizar sus prácticas.
Las instrucciones para realizar este procedimiento, se pueden descargar en este documento: «Procedimiento obtención nº NUSS y alta Seguridad Social.pdf»







