Este trámite solo está abierto a las personas que han pasado por la comprobación de su título por parte de la Secretaría de este centro.
Para solicitar la comprobación, pincha en este enlace.
SOLICITUD:
Para solicitar el título hay que abonar las tasas correspondientes y subir el justificante de abono de tasas al formulario de la parte inferior de esta página junto con los datos que se solicitan. Es obligatorio guardar el comprobante de abono de tasas junto con el certificado sustitutorio que le daremos hasta la recepción del título.
PASO 1: Tienes que realizar el abono de la tasa por expedición de títulos de enseñanzas de idiomas. Para ello, debe acceder a la página del modelo 700, seleccionar el concepto 155 – Tasa por expedición de títulos académicos y profesionales, 11 – Expedición de certificados oficiales de enseñanzas de idiomas de régimen especial:
-Cuantía completa de la tasa: 28,09 €. (año 2025)
-Reducción del 50% : 14,05€ (familia numerosa general ) (año 2025)
-Exención del 100% (familia numerosa especial o renta inferior al IPREM)
Una vez generado el modelo 700 deberá abonarlo. Si selecciona «en efectivo», podrá abonarlo en un cajero que permita el abono de impuestos del Gobierno de Canarias, o bien en ventanilla de su banco. Si dispone usted de certificado digital podrá seleccionar «abono telemático» y pagar en línea, pero no funciona con algunas entidades. NO SELECCIONE «adeudo en cuenta», no funciona.
-EL alumnado del plan antiguo (LOGSE) NO puede solicitar el título B1 (equivalente a Ciclo Elemental ó 3º). Solo está permitido la solicitud de B2 con el Ciclo Superior ó 5º.
Están exentos/as del pago de tasas de certificados de nivel A2, B1, B2, C1, C2:
- Los/as beneficiarios/as de familia numerosa de categoría especial (categoría establecida en Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, BOE del 19).
- Por rentas unidad familiar no superior al IPREM.
- La expedición de títulos duplicados por causa imputable a la Administración.
- La expedición de títulos duplicados por rectificación de la mención el sexo en el Registro Civil (Disposición Adicional 2ª de la Ley 3/2007), de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, BOE del 16).
PASO 2: Rellena y envía el formulario a continuación:



