RECURSOS HUMANOS
Entre las competencias asignadas al Secretario está la de ejercer de conformidad con las instrucciones de la Directora y bajo su autoridad, la supervisión y el control del personal de administración y servicios adscrito al centro docente público y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas establecidas. En la actualidad, en el IES Guillermina Brito se cuenta con el siguiente personal laboral dependiente de la Consejería de Educación:
– Una conserje.
– Un administrativo.
Las actuaciones de cada uno de estos puestos de trabajo vienen definidas en la Resolución de 28 de enero de 1992, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en las diferentes Instrucciones que ha establecido la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias.
En cuanto al Régimen Disciplinario, se está a lo dispuesto en dicho Convenio Colectivo y en la Sección 8ª de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública canaria y en el Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Además, trabajan otras personas que no pertenecen a la Consejería de Educación y que son:
- 2 auxiliares educativos, de la empresa AEROMÉDICA CANARIA SLU.
- 1 persona de mantenimiento, de la empresa CLECE-LIRECAN.
- 6 personas encargadas de la limpieza, de la empresa UTE Limpiezas Quesada.
- 1 trabajadora autónoma encargada de la cafetería.
Está previsto que el control diario de asistencia al trabajo y la puntualidad del personal no docente, así como el registro de las incidencias se realice mediante una hoja de firmas, en la que se hace constar las horas de entrada y salida y las ausencias, sea cual sea el motivo. Al tratarse de personal que desarrolla sus funciones en un centro docente, el disfrute de sus vacaciones se hace coincidir con el periodo de inactividad escolar, salvo que las necesidades del servicio determinen lo contrario.
CONSERJE.
Es la persona que realiza las labores de custodia, información y control de la Unidad Funcional de trabajo. Su horario de trabajo es de siete horas y media, de lunes a viernes, de 7:30 h. a 15:00 h. y un día a la semana de 16:00 h. a 19:00 h. para actos de periodicidad no fija como reuniones de Claustro, atención a familias, Consejo Escolar, Plan de Formación, u otras actividades similares. Este horario puede ser flexibilizado siempre que haya acuerdo entre el Secretario y el personal afectado.
La conserje acude a abrir y cerrar las puertas de acceso al recinto, las puertas del edificio, etc. teniendo un recinto propio a la entrada principal para el control de accesos.
Las funciones de este personal son las siguientes:
- Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales, controlando las puertas de acceso, dando cuenta de los desperfectos o alteraciones que se observen.
- Controlar la entrada y salida de personas ajenas a la Unidad Funcional y atender, informar, orientar e indicar el despacho, unidad o Departamento al que deben dirigirse, acompañándoles si fuera preciso.
- Supervisar la cumplimentación de las hojas de entrada y salida, hojas de firmas de convocatorias, etc. del personal del centro
- Custodiar las llaves del centro.
- Recibir y distribuir los documentos, correspondencia y objetos oficiales que a tales efectos le sean encomendados.
- Manejar máquinas multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadora y plastificadora para la realización de trabajos demandados por el profesorado. Éste ha de encargarlos con 24 horas de antelación.
- Efectuar la apertura y cierre de puertas y accesos dentro de su jornada de trabajo.
- Realizar los encargos oficiales relacionados con sus funciones dentro y fuera del edificio.
- Atender el teléfono y derivar las llamadas a sus lugares correspondientes.
- Realizar dentro de las dependencias del centro los traslados menores de material, mobiliario y enseres que fuesen necesarios, siempre que por sus dimensiones, volumen, peso y plazo para su realización, no exijan un esfuerzo excesivo o dedicación propia de una contrata de servicios.
- Prestar, en su caso, servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones, en el archivo, almacén y biblioteca.
Se seguirán las siguientes instrucciones sobre Conserjería:
- No se fotocopiarán libros enteros.
- El horario de fotocopias será de 7:55 a 14:00 horas, salvo aquellos días que se tenga que salir a entregar documentación, correos, etc., en que el horario será reducido.
- El tiempo de recreo (11:40 a 12:10) estará dedicado a fotocopias para el alumnado.
- La conserje dispondrá de veinticinco minutos de descanso durante su jornada de trabajo, no coincidiendo con el horario de recreo y preferiblemente no afectando a las necesidades del centro.
- Las fotocopias se irán realizando por orden de entrega, salvo las pruebas escritas que se realizarán el mismo día.
- Las fotocopias particulares serán abonadas.
- Todos los profesores que soliciten fotocopias apuntarán y firmarán en el Registro habilitado a tal fin el número de copias realizadas para poder controlar el número de fotocopias por profesor y Departamento.
- Cuando un profesor solicite veinticinco o más fotocopias a la conserje para repartir entre sus alumnos, solicitará de éstos que abonen el importe correspondiente a las mismas antes de proceder a su elaboración que se realizará de forma conjunta y nunca por anticipado al cobro.
- Cuando el número de fotocopias sea superior a 25, se utilizará la multicopista.
PERSONAL ADMINISTRATIVO.
La persona que bajo la dependencia del Secretario realiza labores administrativas en el centro, es personal laboral fijo y desarrolla actividades administrativas elementales inherentes al trabajo en la oficina de la Unidad Funcional. Su horario es de siete horas y treinta minutos diarios, comenzando la jornada a las 7:30 h. y finalizando a las 15:00 h. Tiene veinticinco minutos para desayunar, que no coincide con el recreo ni horario de atención al público.
Sus funciones son las siguientes:
- Registro de entrada y salida de documentos y correspondencia a través del Registro auxiliar de Ventanilla Única.
- Transcripción de estadillos, fichas e impresos.
- Catalogación y clasificación de documentos.
- Transcripción de escritos oficiales del centro, certificados y estadísticas.
- Manejo de ficheros de alumnado, profesorado y otro personal.
- Utilización de programas informáticos de documentos.
- Utilización del programa Pincel y Pincel Ekade: matrícula de alumnado, incorporación de profesorado, incorporación de personal no docente, altas de cargos directivos, grupos de alumnado, crear lotes de Títulos de ESO y Bachillerato, definir Tutorías, imprimir todo tipo de listados, certificaciones, etc.
- Utilización de Gescentros: frontal (tramitar y confirmar bajas y altas médicas, certificados de incorporación y cese, solicitud de CIAL del alumnado, solicitud de expedientes académicos tanto a otros centros como en el Registro Centralizado, etc.
- Utilización de HIPERREG
- Atención en ventanilla de 8:40 h. a 11:40 h.
- Preparación de la documentación y clasificación de la matrícula .
- Cualquier otra labor que le pueda ser encomendada por el Secretario dentro del ámbito de sus competencias.
AUXILIARES EDUCATIVOS.
Las dos auxiliares que trabajan en la actualidad en este Centro tienen como misión atender al alumnado del Aula Enclave en todos aquellos aspectos que precisen. Sus funciones son las siguientes:
- Atender la llegada y salida del transporte escolar.
- Colaborar con el tutor en la elaboración y puesta en práctica de las adaptaciones curriculares del alumnado.
- Colaborar en los distintos contextos educativos, en el desarrollo de la adaptación curricular y de la programación de aula, del alumnado con discapacidad.
- Seguir las pautas metodológicas diseñadas en la adaptación curricular individualizada: control del aula, adaptaciones de los materiales, pautas de conductas, …
- Colaborar en la supervisión del alumnado en los recreos, salidas del centro, cambios de aulas…
- Colaborar en la organización y supervisión de los materiales didácticos y personales del alumnado.
- Informar al profesorado tutor, especialistas de pedagogía terapéutica u orientación, de cualquier información relevante que afecte al proceso educativo de este alumnado.
- Administración de medicación oral o tópica, previamente prescrita por el personal especializado con la autorización por escrito de los padres o tutores legales y comunicada a la orientación y a la directiva del centro.
ENCARGADO DE MANTENIMIENTO.
El encargado de mantenimiento es el trabajador que realiza las funciones recogidas en el pliego de condiciones, que de entre otras es:
- Trabajos elementales de mantenimiento, conservación y reparación de los elementos del inmueble, incluido el riego de jardines y plantas de la Unidad Funcional a la que está adscrito. Ha de tener conocimientos generales de los oficios (carpintería, fontanería, electricidad, pintura menor, albañilería…).
- Retirada y traslado de los residuos resultantes de su trabajo, con los medios adecuados, al depósito destinado a tal fin.
- En ausencia de la conserje, abrir y cerrar el centro, siempre que esté dentro de su jornada laboral.
Además debe realizar en todo momento una labor de supervisión y control, informando al Secretario de cualquier anomalía que detecte y de cualquier actuación necesaria para llevar a cabo su labor de mantenimiento.
La empresa de mantenimiento es en la actualidad CLECE-LIRECAN. La prestación del servicio en esta Unidad Funcional la realiza un trabajador de la misma durante 5 días a la semana de 7:30 h. a 15:30 h. Cualquier persona que forme parte de esta Comunidad Educativa puede comunicar al Secretario el desperfecto, la avería, la rotura, etc. observada, anotando la misma en el parte de incidencias de mantenimiento cuyo modelo está en la Sala de profesorado. El Secretario prioriza las tareas a realizar en función de su urgencia, teniendo en cuenta que además hay tareas de mantenimiento diarias: jardines, supervisión de instalaciones (saneamiento, electricidad…) etc.
PERSONAL DE LIMPIEZA
El personal de limpieza se compone de trabajadores que realizan las funciones propias de la limpieza, manualmente o con maquinaria, de muebles, ventanas, puertas y sus elementos, aulas, despachos, servicios y demás dependencias del centro, de acuerdo con la normativa establecida al efecto, de Seguridad e Higiene en el trabajo, retirando y trasladando asimismo los residuos resultantes de su trabajo, con los medios adecuados al depósito destinado a tal fin.
En la actualidad la Consejería de Educación tiene suscrito un contrato con la empresa UTE Limpiezas Quesada según el cual son 6 personas las que se encargan de este cometido. Una acude al centro por la mañana y las cinco restantes por las tardes, en jornadas de cuatro horas, cuatro días a la semana y tres horas un día a la semana.
La persona que acude por la mañana se encarga de limpiar los patios, los aseos varias veces, etc., así como las tareas de mantenimiento de limpieza que por necesidad puedan surgir (lluvias, indisposiciones, etc.). Por las tardes, cuando no hay actividad escolar, el resto del personal limpia las zonas comunes, los patios, el aparcamiento, los aseos y los accesos al centro. Por las tardes se limpian aulas, Departamentos, se retiran papeleras, escaleras y pasillos, superficies de uso común: pomos de puertas, mostradores, mesas y sillas, teclados, estanterías, barandillas, teléfonos, suelos…
PERSONAL ENCARGADO DE LA CAFETERÍA
El centro dispone de cafetería, cuyo horario es de 7:45 a 12:45, gestionado por 1 trabajadora autónoma, la cual recibe los encargos de desayuno (tanto de alumnado con ayuda, como el que lo quiera comprar por cuenta propia) antes de las 8:00 horas, que es la entrada a clase. En la hora de recreo se podrá comprar siguiendo el estricto orden de llegada y siguiendo las indicaciones que se den en todo momento si son necesarias, tanto por la encargada de la cafetería como del personal docente del centro.
Así mismo se podrá atender cualquier otra solicitud (petición de agua, desayuno, etc.) fuera del horario anterior de manera excepcional, con la justificación debida del docente responsable.