El alumnado puede reclamar contra las decisiones y calificaciones académicas. La reclamación deberá presentarse en la secretaría del centro en el plazo de los dos días hábiles siguientes a la publicación de las calificaciones, dirigida al director del centro.
El procedimiento para la presentación de reclamaciones se encuentra, para la ESO y Bachillerato, en el artículo 46 de la ORDEN de 31 de mayo de 2023, por la que se regulan de evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 110, de 8 de junio de 2023) y para la Formación Profesional, en el artículo19 de la Orden de 20 de octubre de 2000, por la se regula los procesos de evaluación de las enseñanzas de la FP, es el que regula las reclamaciones de las evaluaciones finales (BOC 148, de 10 de Noviembre de 2000), y su posterior modificación y ampliación por Orden de 3 de diciembre de 2003, por la que se regulan los procesos de evaluación de las enseñanzas de la Formación Profesional Específica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC Nº 248. Lunes 22 de Diciembre de 2003).





