El Departamento de Orientación Educativa

EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN:

El Departamento de Orientación en un centro de Enseñanza Secundaria, constituye un recurso de apoyo a toda la comunidad educativa: alumnado, profesorado y familias.

La Orientación educativa y la intervención Psicopedagógica constituyen un elemento inseparable de la propia acción educativa.  El departamento de Orientación es el órgano que articula, entre otras, las funciones de orientación y tutoría, así como una oferta curricular diversificada y adaptada.

A diferencia de la enseñanza Primaria en que estas funciones se asumen y coordinan por la Comisión de Coordinación Pedagógica, en la  Enseñanza Secundaria existe el Departamento de Orientación como un órgano de coordinación docente con unas funciones muy específicas.

El departamento de Orientación está integrado, al menos, por los siguientes componentes:

a) El orientador u orientadora que intervenga en el centro.

b) El profesorado especialista para la atención a las necesidades específicas de apoyo educativo.

c) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito socio-lingüístico designado por la dirección a propuesta del Claustro.

d) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito científico-tecnológico designado por la dirección a propuesta del Claustro.

e) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica de formación profesional. (En los centros con Formación Profesional).

f) Podrá incorporarse al departamento de orientación un miembro del claustro que realice las tareas de información y orientación vinculadas al empleo.

El departamento de orientación tiene las siguientes competencias:

a) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica, la concreción de la acción tutorial y de la orientación académica y profesional, así como del plan de atención a la diversidad.

b) Establecer procesos de identificación, actualización, seguimiento e intervención psicopedagógica para la respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

c) Proponer a la comisión de coordinación pedagógica los criterios y procedimientos para la realización de adaptaciones curriculares. Asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y a los equipos docentes en el desarrollo de medidas de atención a la diversidad.

d) Realizar los informes que corresponden al departamento.

e) Cumplimentar los documentos que orienten la respuesta educativa y las propuestas de atención a la diversidad.

f) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.