CONTROL DE ENTRADA DE LOS FAMILIARES O PERSONAS AJENAS AL CENTRO [NOF 10.4]
- Cualquier persona ajena al centro debe dirigirse a la Conserjería, donde será atendida por el personal subalterno del Centro.
- Está totalmente prohibido el acceso de familias o personal ajeno al centro a la sala de profesores, departamentos, aulas, despachos de cargos directivos, etc. sin previa autorización.
- Los familiares que deseen hacer llegar al alumnado algún material u objetos, los depositarán en la Conserjería del Centro; el alumnado lo recogerá cuando su horario se lo permita.