Los centros educativos podrán otorgar, en la sesión de la evaluación final ordinaria, tanto de primero como de segundo de Bachillerato, una «Mención Honorifica» en las materias comunes y específicas de la modalidad o
modalidades de Bachillerato que se impartan en cada centro educativo, a aquel alumnado que haya obtenido
una calificación igual o superior a 9.
Este procedimiento es de aplicación para el alumnado que cursa 1.º o 2.º de Bachillerato, teniendo en cuenta los criterios fijados por los órganos competentes. Puede acceder a dichos criterios, incorporados a nuestras Normas de Organización y Funcionamiento, pinchando aquí.
Por otro lado, en nuestras Normas de Organización y Funcionamiento, en su página 15, también están concretados los criterios para la concesión de “Matrícula de Honor” en Bachillerato, según lo dispuesto en el artículo 35 de la ORDEN de 31 de mayo de 2023.