Aclaraciones a la ORDEN de 12 de marzo de 2020

Según establece la ORDEN de 12 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas de intervención administrativa de protección de la salud,  relativas a la suspensión temporal de la actividad educativa presencial y la actualización de las medidas relativas a los eventos, competiciones y actividades deportivas, ambas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, queda suspendida de forma temporal la actividad educativa presencial, lectiva y extraescolar en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza pública o privada, desde el 13 hasta el 27 de marzo de 2020.

Con el fin de aclarar algunos aspectos de la citada orden se han enviado a los centros educativos las siguientes comunicaciones:

La suspensión temporal descrita incluye los exámenes de las pruebas orales de la certificación de inglés.

La suspensión temporal descrita incluye el módulo de FCT y módulos duales en empresas.

– En el caso de haber iniciado o no dichas actividades en empresas de la Comunidad Autónoma de Canarias o en el resto del Territorio Nacional, estas quedan suspendidas.

– En el caso de haber iniciado las actividades a través del programa Erasmus+, el alumnado mayor de edad decidirá su continuación o no en el país de destino.

– Si la actividad bajo el programa Erasmus+ no se ha iniciado a fecha de publicación de la citada Orden, quedan suspendidas.

En los casos que el alumnado desee regresar a su residencia, deberá seguir las instrucciones sanitarias del país o Comunidad Autónoma de origen y destino.

El centro educativo deberá notificar esta circunstancia al alumnado y a las empresas colaboradoras.

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