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Autorizado un convenio de cooperación entre Canarias y Baleares en materia estadística

El Instituto Canario de Estadística cederá al de las Islas Baleares la tecnología de soporte a la difusión de datos y se beneficiará de las modificaciones y mejoras que éste realice

El Consejo de Gobierno, autorizó este jueves, 18 de marzo, la suscripción de un convenio de cooperación  entre el Instituto Canario de Estadística (Istac) y el Instituto de Estadística de las Islas Baleares (Ibestat) en materia estadística.

Mediante dicho convenio, la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Istac, cederá el uso gratuito del código fuente de la tecnología de soporte a la difusión de datos y metadatos estadísticos a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en concreto a su Instituto de Estadística, para la implantación y utilización en su ámbito de actuación en el ejercicio de sus competencias.

El Instituto Canario de Estadística mantendrá la titularidad de los derechos de propiedad intelectual del código fuente de esta plataforma mientras que al Instituto de Estadística balear le corresponderá la titularidad de los derechos de las modificaciones, adaptaciones y ampliaciones que realice.

El acuerdo entre ambas administraciones se enmarca dentro del Plan Estadístico de Canarias, que permite y facilita la reutilización por parte de otras comunidades autónomas del sistema de soporte de la información estadística a través de la infraestructura de datos y metadatos estadísticos – eDatos –  del archipiélago

En el ejercicio de esta colaboración, establecida así mismo en la ley de Estadística de Canarias, el Istac considera muy conveniente la colaboración con el Instituto de Estadística de las Islas Baleares, ya que no solo cedería la citada tecnología, sino que se beneficiaría de las modificación y mejoras que dicho instituto realice.

El convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir de su entrada en vigor. En cualquier caso, antes de la finalización del plazo previsto, ambas partes podrán acordar su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, o su extinción.

Los compromisos establecidos en este acuerdo se llevarán a cabo sin contraprestación económica por ninguna de las dos partes.