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El Gobierno aprueba la implantación de un sistema normalizado de dirección por objetivos

Se pretende ahondar en la eficacia de las políticas y de la asignación de los recursos públicos, así como en la efectiva rendición de cuentas ante la ciudadanía

El Gobierno de Canarias aprobó hoy, a instancias de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la implantación de un sistema normalizado de dirección por objetivos a aplicar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos vinculados o dependientes.

El establecimiento de un modelo de dirección por objetivos, metodología de programación avanzada existente en numerosas organizaciones, ahonda en la eficacia de las políticas públicas y en la eficiencia de la asignación de recursos públicos, y profundiza en la práctica de definición de objetivos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La dirección por objetivos es un instrumento que posibilita la efectiva rendición de cuentas, entre otros motivos, porque con un mismo lenguaje es posible informar a todos los agentes interesados sobre cómo conocer la actividad pública, desde los órganos administrativa y judicialmente reconocidos como auditores de lo público hasta el órgano soberano sobre lo público que es la propia sociedad.

La implantación de este tipo de modelo de programación por objetivos debe realizarse de forma progresiva desde experiencias piloto y con la definición de modelos básicos de programación que extiendan esa cultura en todo el Gobierno de Canarias, hasta que se consiga establecer un modelo avanzado de dirección por objetivos, evaluación de políticas públicas y otras medidas de evaluación, medición y rendición de cuentas. El Gobierno de Canarias ya ha tenido experiencias de dirección por objetivos en distintos órganos y con esta nueva medida avanza en el camino de conseguir un modelo avanzado de gestión.

Con el modelo de dirección por objetivos que se aprueba hoy, en un primer nivel de programación, el departamento deberá definir formalmente su misión, visión y valores a partir del trabajo realizado hasta ahora, así como sus objetivos estratégicos, a los que se asociará su propio sistema de indicadores (indicadores estratégicos). En el segundo nivel, cada centro directivo relacionará los proyectos que materializará con la consecución de los objetivos estratégicos.

Los sistemas de indicadores (estratégicos, de resultado y ejecución) deberán especificar el responsable, la fuente de obtención, las metas, los valores iniciales y los valores obtenidos. Se pretende asimismo mejorar la organización asignando responsabilidades concretas y resultados medibles.

Por otra parte, el modelo se inspira en los principios de rendición de cuentas y participación, de forma que en esta fase se pretende que el proceso de planificación sea lo más participativo posible con la colaboración de los empleados públicos, así como que ello sirva para comunicar mejor el desarrollo de las actividades del Gobierno a la ciudadanía.

En ese sentido, a través de un sistema informático se hará seguimiento de la evolución de los objetivos y las distintas actividades que permitirán conocer la evolución de los planes del Gobierno.

Otros aspectos

Este acuerdo no sustituye ni interfiere en la regulación y programación presupuestaria, que goza de su propia regulación, sino que establece una metodología básica de programación de la actividad administrativa, hasta que se llegue a un escenario en el que la Administración Pública disponga de un sistema integrado de Planificación y Dirección por Objetivos, en el que la asignación de recursos, el establecimiento de objetivos y la evaluación de las políticas públicas conformen un ciclo completo.

Además, cabe destacar que esta metodología permite mejorar la gestión de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que se desarrollarán en la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible (ACDS), así como en el Plan para la Reactivación y Social y Económica de Canarias, incrementando su eficacia y eficiencia.

Todos los departamentos deberán haber concluido y aprobado una primera programación de sus actividades antes del 31 de julio de 2021. Deberá cubrir, al menos, los ejercicios 2021, 2022 y 2023.