El texto también reglamenta los contenidos de las pruebas para acceder a la condición de artesano y regula las normas que rigen las ferias de artesanía de ámbito regional
La nueva norma incluye tareas como el pirograbado, relojería, cestería y la elaboración de mosaicos, pipas, redes, escobas o zurrones, entre otros
El Gobierno de Canarias, reunido hoy en Consejo, ha aprobado definitivamente tras la consulta del Consejo Consultivo, el proyecto de Decreto por el que se acuerda el repertorio de los oficios artesanos, los contenidos de las pruebas para acceder a la condición de artesano y se regulan las normas que rigen las ferias de artesanía de ámbito regional. El texto es resultado de un profundo trabajo de consenso de la Comisión Canaria de Artesanía.
Con esta nueva regulación, el Gobierno pretende dar respuesta a las demandas del sector artesano para que se modifique y amplíe el número de oficios y técnicas artesanas con el objeto de ajustarlo a la evolución del sector, y que éste pueda beneficiarse en mayor medida de las acciones de fomento de la artesanía que ejecutan las Administraciones Públicas. En este sentido, se incluyen en el repertorio los oficios de pirograbado, relojería, elaboración de utensilios tradicionales (redes, pipas, escobas, zurrones…), camisería graciosera, elaboración de mosaicos y de mosaicos hidráulicos, cestería y tejer a dos aguas. Además, se agrupan los carnés por oficios y se actualizan algunas técnicas como la microfusión en la tarea de decoración de cristal. En total, el repertorio de oficios artesanos se superaría los 90.
Asimismo, a petición de las administraciones competentes, sobre todo de los cabildos insulares, a los que les compete los procedimientos y pruebas para la obtención de los carnés de personas artesanas, se han revisado las pruebas de acceso a determinados oficios con los siguientes objetivos: aumentar la seguridad jurídica para todos los agentes implicados en dichos procedimientos, ajustar mejor las pruebas a la definición del oficio, y que quede mejor acreditado el dominio de las técnicas artesanas y la calidad en la producción por parte de los aspirantes.
En cuanto a la regulación del procedimiento de selección y de las condiciones de participación de las personas artesanas en las ferias de artesanía de ámbito regional, se fija un marco regulador de carácter reglamentario, para dar un soporte jurídico adecuado a la tramitación electrónica, a la interoperabilidad y a la cooperación interadministrativa, para que redunde en una menor carga administrativa y una mayor seguridad jurídica para la persona artesana que desee concurrir.