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El Gobierno modifica el decreto de las oficinas de asistencia a víctimas del delito para agilizar su creación

El nuevo decreto recoge el cumplimiento de la ley, la respuesta y el compromiso jurídico y social de la Comunidad Autónoma de Canarias con las víctimas

El Consejo de Gobierno aprobó hoy, miércoles 12 de mayo, la modificación del Decreto 89/2019, por el que se regula la organización y creación de las oficinas de asistencia a las víctimas del delito en Canarias, con la finalidad de agilizar la puesta en marcha de estos servicios, permitiendo su creación de forma inmediata en tanto se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

Así, el Ejecutivo canario aprueba un nuevo decreto en el que se establece la creación de dos oficinas en el ámbito provincial, con sede en cada una de las capitales de provincia, y se posibilita la designación de personal funcionario en régimen de atribución temporal de funciones hasta que se proceda a la aprobación de la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo.

El Ejecutivo canario garantiza así no solo el cumplimiento de la Ley, sino también la respuesta y compromiso, jurídico y social, de la Comunidad Autónoma de Canarias con las víctimas, tanto en el sentido de reparar el daño en el marco de un proceso penal, como en el de minimizar otros efectos traumáticos en lo moral que su condición puede generar, todo ello con independencia de su situación procesal.

Regulación

El Decreto 89/2019, de 22 de mayo, difería la creación y dotación de medios de las oficinas de asistencia a las víctimas del delito a la aprobación de la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, lo que implica la tramitación de un procedimiento complejo y supone un retraso indeseado en la puesta en marcha de un servicio esencial para asegurar la protección integral de los derechos de la víctima.

En esta situación, y teniendo en cuenta que el artículo 27.2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito establece la posibilidad de que las Comunidades Autónomas celebren convenios de colaboración con entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, para prestar los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas, se modifica el Decreto 89/2019, de 22 de mayo, creando las referidas oficinas y disponiendo la posibilidad de que se celebren los mencionados convenios mientras se acomete la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo. Con igual fin, se recoge la posibilidad de nombrar a personal funcionario en régimen de atribución temporal de funciones.