Logo del Gobierno de Canarias
Descargar como PDF

Se mantienen las medidas de aforo en transportes públicos y establecimientos y el horario de cierre de los locales

Consejo de Gobierno de Canarias

Esta medida supone que se amplían las autorizaciones un mes más, hasta las 24 horas del día 30 de noviembre

El Consejo de Gobierno de Canarias celebrado hoy, 28 de octubre, ha acordado la prórroga de los acuerdos de Gobierno por los que se autorizan la ampliación de los aforos máximos permitidos para los niveles de alerta 1 y 2; la ampliación de los horarios de cierre de aquellos establecimientos y actividades de islas en niveles de alerta 1, 2 y 3, que con anterioridad de la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran uno superior; y el aforo en el transporte público regular terrestre, urbano y metropolitano, de viajeros en los niveles 1 y 2.

Los acuerdos establecían estas autorizaciones de ampliación hasta las 24 horas del 31 de octubre de 2021 y con esta prórroga se extienden hasta las 24 horas del 30 de noviembre, momento tras el cual se volverá a realizar una nueva evaluación de la evolución de la situación epidemiológica a los efectos de determinar la procedencia o improcedencia de una nueva prórroga.

Estas prórrogas se acuerdan tras evaluar los informes epidemiológicos que emite la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud y que ponen de manifiesto una evolución favorable de la situación epidemiológica desde la adopción del Acuerdo de Gobierno señalado, ya que todas las islas están en nivel de alerta 1.

Aunque se aprecia cierto estancamiento en el descenso de la incidencia acumulada, se destaca que es procedente actuar con cautela conforme al principio de precaución que rige la normativa actual.

Los horarios de cierre en niveles 1 y 2

Con carácter general en los niveles de alerta 1 y 2, y tal como estaba aprobado hasta ahora, el aforo general máximo permitido sigue siendo del 100% al aire libre y del 80% en espacios interiores.

El horario de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior, los horarios máximos autorizados serán los siguientes: las 04.00 horas en niveles 1 y 2 y las 03.00 horas para el nivel de alerta 3.

Por último, el aforo en el transporte público regular terrestre, urbano y metropolitano, de viajeros en los niveles 1 y 2 se mantiene, como hasta ahora, al 100%.