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Se podrá conceder con anticipación el 100% de las subvenciones para los puntos de encuentro familiar

La medida también permite que el plazo de justificación de esas ayudas pueda exceder el ejercicio en el que se conceden; la finalidad es consolidar una red canaria de PEF

El Consejo de Gobierno aprobó hoy, jueves 13 de febrero, a propuesta de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la modificación de un anterior acuerdo para que en las subvenciones directas por razones de interés público destinadas a financiar la actividad de los Puntos de Encuentro Familiar (PEF) se pueda conceder el abono anticipado del 100%, pudiendo exceder el plazo de justificación de la actividad del ejercicio en el que se concede. La intención que busca este cambio es consolidar una red de los PEF en todo el Archipiélago.

El acuerdo modifica el apartado relativo a las subvenciones, aportaciones dinerarias y encomiendas de gestión del Acuerdo de Gobierno de fecha 22 de febrero del año 2016, modificado a su vez por distintos acuerdos posteriores.

De esa manera, el nuevo texto señala que las subvenciones financiadas con fondos propios destinadas a inversiones y entidades ONG adjudicatarias de los proyectos de cooperación al desarrollo podrán establecer, debidamente motivadas, abonos anticipados hasta el 100% en las bases reguladoras o en la resolución de la concesión, conforme a los términos establecidos en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Ello se prevé siempre que la ejecución de la actividad o la realización de inversión, así como su justificación, se produzcan hasta el 31 de diciembre del siguiente ejercicio presupuestario a aquél en que fueron concedidas. En su caso, se podrán tramitar abonos parciales ajustados a la duración y al ritmo de ejecución del proyecto o actividad, supeditando cada nuevo pago a la justificación del pago anterior.

En el caso concreto de las subvenciones directas por razones de interés público destinadas a financiar la actividad de los Puntos de Encuentro Familiar y a consolidar una red de éstos en todo el territorio insular se podrá conceder el abono anticipado del 100%, pudiendo exceder el plazo de justificación de la actividad del 31 de diciembre del ejercicio en que se concede.