Técnicas de terapias respiratorias a domicilio

Actualizado a: [13/11/2024]

Las técnicas de terapias respiratorias a domicilio incluidas dentro de la cartera de servicios de atención hospitalaria especializada son las siguientes:

  • Oxigenoterapia.
  • Ventilación mecánica.
  • Tratamiento ventilatorio domiciliario del síndrome de apnea-hipopnea del sueño (SAHOS).
  • Aerosolterapia.

La aplicación de estas técnicas tiene como finalidad el mantenimiento de un correcto estado ventilatorio del paciente, la mejora de su calidad y esperanza de vida, favorecer su integración social y disminuir y/o evitar las estancias hospitalarias.

La indicación de esta prestación corresponde a los especialistas facultados del Servicio Canario de la Salud, según establece la Instrucción 12/19, que seguirán como norma general las recomendaciones de sus sociedades científicas.

Asimismo, los pacientes que reciban terapias respiratorias a domicilio deberán someterse a las revisiones previstas según el protocolo establecido por el servicio médico correspondiente.

Procedimiento de autorización

Una vez valorado el paciente y tras la realización de los estudios necesarios, el especialista autorizado cumplimentará la prescripción a través del Sistema de Información de Prestaciones (SIPRE).

La validez de la prescripción vendrá definida por la autorización expresa de la Dirección de Área de Salud, que se basará en el informe médico y las actividades evaluadoras e inspectoras que se realicen.

En el momento de la prescripción, el médico informará al paciente o, en su caso, a sus familiares, personas vinculadas por razones familiares o de hecho o cuidadores, de las obligaciones que figuran en el anexo a la Instrucción 12/19.

Traslado fuera del Área de Salud de residencia

Los pacientes que estén recibiendo esta prestación que se trasladen dentro del territorio nacional o dentro del territorio de la Unión Europea, tendrán que solicitar la gestión del traslado por escrito, debiendo dejar constancia de las fechas, lugar y teléfonos de contacto. La unidad competente de la Dirección de Área de Salud, una vez comprobada la vigencia de la autorización, realizará los trámites para la autorización del desplazamiento.

Los usuarios de otras Comunidades Autónomas que se trasladen a Canarias, deberán aportar la oportuna prescripción médica, así como la orden de autorización expedida por el órgano competente de su comunidad de origen.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse en el registro de la Dirección de Área de Salud correspondiente o de las Unidades de Atención al Usuario de los servicios sanitarios, en cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias y demás registros regulados por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa