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Información relevante para organismos del SCS
Actualizado a: [10/05/2024]
La centralización de la contratación genera ahorros que se derivan del aumento de la concurrencia como consecuencia de las mayores expectativas de ventas de los licitadores y de las economías de escala surgidas de la agregación de demanda. Además, los ahorros derivados de la contratación centralizada, al responder a mejoras de eficiencia, no afectan a la calidad de la prestación.
Pero no solo se producen ahorros de naturaleza económica, sino que también se generan “otros tipos de ahorros” que resultan igualmente relevantes, como son los derivados de la reducción de trámites y de cargas administrativas. Las entidades que participan en los expedientes tramitados a través de Sistema Dinámico de Contratación o Acuerdos Marco ven reducida, ostensiblemente, la carga derivada de la tramitación de sus contratos, así como los plazos de tramitación. Del mismo modo, las empresas interesadas en la prestación de un servicio o suministro ven simplificada su participación en las licitaciones.
El Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud, establece las competencias en materia de contratación de la siguiente forma:
Artículo 10.- Órganos de contratación.
1. Son órganos de contratación del Servicio Canario de la Salud, hasta los límites cuantitativos señalados en el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, los siguientes:
- El Director del Servicio.
- Las Direcciones Generales y la Secretaría General del Servicio.
- Los Directores de Áreas de Salud.
- Los Gerentes de Atención Primaria.
- Los Gerentes de Servicios Sanitarios.
- Los Directores Gerentes de Hospitales.
2. Sin perjuicio de la competencia para contratar de los órganos señalados en el apartado anterior, podrá establecerse que la adquisición de determinados bienes, productos o servicios a utilizar por los distintos centros dependientes o adscritos al Servicio Canario de la Salud, se realice bajo un régimen de compra centralizada a determinar por Orden Departamental. La Dirección General de Recursos Económicos actuará como órgano de contratación en las adquisiciones en régimen de compras centralizadas y será la encargada de fijar los criterios de homologación de productos, de preparar los catálogos actualizados, así como la de fijar la política de aprovisionamiento de los recursos materiales para el funcionamiento de los servicios, en el ámbito del Servicio Canario de la Salud.
Con base en lo anterior, la competencia en la tramitación de expedientes que utilicen como procedimiento de contratación el Sistema Dinámico de Adquisición/Acuerdos Marco recae en la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Canario de la Salud (DGRREE).
Además, para garantizar la correcta ejecución de los contratos específicos o basados dictados al amparo de un SDA/AM, los organismos interesados en formar parte de cada procedimiento, deberán remitir su solicitud de adhesión en respuesta a la comunicación de la Dirección General de Recursos Económicos cada vez que inicie la preparación de un expediente, de cara a que quede acreditado en el expediente tanto la voluntad del órgano competente para realizar la contratación derivada/específica como el valor estimado de cada procedimiento, de manera que éste se ajuste a las necesidades reales de las entidades intervinientes.
¿Cómo me adhiero?
En fase preparatoria de cada expediente, se remite comunicación informativa del trabajo que se está iniciando por parte de la Dirección General de Recursos Económicos a los centros. En ese momento, se solicita que manifiesten su voluntad por escrito, remitiendo su solicitud de adhesión o no adhesión al procedimiento que se propone. Recabadas todas las solicitudes, se procede a iniciar el procedimiento para los organismos que han manifestado interés y que serán incluidas en la declarada la centralización de bienes/servicios/obras por parte de la Consejería de Sanidad. A lo largo de este proceso, también se celebran reuniones informativas con los organismos del SCS (Gerencias Hospitalarias, Gerencias de Servicios Sanitarios o Áreas de Salud) para la adecuada formación de la voluntad del organismo que se incorpora a cada Sistema Dinámico de Adquisición o Acuerdo Marco.
En resumen, la Dirección General de Recursos Económicos del SCS remitirá una comunicación a todos los organismos cada vez que se inicie un nuevo procedimiento de contratación mediante SDA/AM.
En respuesta a la anterior comunicación, las gerencias deberán remitir su solicitud de adhesión o de no adhesión al procedimiento que se inicia en DGRREE. En caso de adhesión, se remitirán sus observaciones en cuanto a criterios de adjudicación propuestos, importes necesarios para calcular el valor estimado del procedimiento, umbrales de solvencia, etc.
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