Organización
Segunda opinión facultativa
Actualizado a: [08/07/2013]
La Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios del Sistema Canario de la Salud establece que los usuarios del Servicio Canario de la Salud tienen derecho a una segunda opinión facultativa, según establece la normativa vigente.
Solicitud de segunda opinión facultativa.
Instrucciones para la cumplimentación del formulario:
-
Datos de la persona que presenta la solicitud (paciente, familiar).
-
Datos referidos sólo al paciente.
-
Datos de la primera valoración o diagnóstico.
En los siguientes puntos:
(4) Especificar la especialidad médica que solicita y el Hospital o Centro de Atención Especializada en el que quiere ser valorado en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. (5) Adjuntar informe/s clínico/s, referidos a la 1ª valoración (imprescindible para su correcto trámite y valoración). (6) Exponer de forma breve y concisa los motivos de la solicitud (imprescindible para su correcto trámite y valoración).
Modelos de solicitud:
- DIRECCIONES DE ÁREA -
- GERENCIAS DE SERVICIOS SANITARIOS -
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Dirección de Área de Salud correspondiente o en las dependencias de los Registros de las Unidades de Atención al Usuario de los servicios sanitarios, en cualquiera de las formas recogidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Normativa.
© Gobierno de Canarias