Modelo 593 de autoliquidación del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
Orden de 20 de diciembre de 2022 , por la que se crea el Registro de obligados tributarios por el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, se aprueba el modelo 593 de autoliquidación del citado Impuesto, y se establece el plazo y las condiciones para su presentación (BOC nº 254 de 28/12/2022).
La presente Orden entra en vigor el 1 de enero de 2023 y tiene por objeto regular el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, que se creó mediante la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y que ha sido cedido por el Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante la Ley 33/2022, de 27 de diciembre por la que se modifica la Ley 26/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
Periodo de liquidación y presentación
Mediante la presente Orden se aprueba el modelo 593 de autoliquidación del impuesto, que se presentará por cada establecimiento donde se ejerza la actividad.
El periodo de liquidación será trimestral, el plazo de presentación será el mes siguiente al trimestre y se realizará de forma obligatoria por vía telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.
En caso de utilizar la domiciliación bancaria como medio de pago, el plazo de presentación será hasta el día 25 de los meses de enero, abril, julio y octubre y la fecha de vencimiento será el último día de dichos meses.
Ampliación del plazo de presentación de las autoliquidaciones trimestrales del IGIC y el AIEM del tercer trimestre de 2022 para los sujetos pasivos con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma
Orden de 17 de junio de 2022 , or la que se amplía el plazo de presentación de determinadas autoliquidaciones por parte de obligados tributarios con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma, y se fijan reducciones a aplicar al porcentaje de ingreso a cuenta correspondiente al segundo y tercer trimestre del año 2022 en el régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario, y se adoptan otras medidas tributarias (BOC nº 128 de 29/06/22).
Se amplía hasta el 2 de enero de 2023 el plazo de presentación de las autoliquidaciones trimestrales del IGIC y el AIEM correspondientes al tercer trimestre de 2022.
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