Orden de 1 de diciembre de 2021, por la que se prorroga para el año 2022 la aplicación de la Orden de 23 de diciembre de 2019, que fija los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2020, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el año 2021 de las cuotas devengadas por operaciones corrientes, se modifican las cuotas fijas de la Tasa Fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, devengada el día 1 de octubre de 2021, y se efectúan otras modificaciones de naturaleza tributaria (BOC nº 256 de 17/12/2021).
En la Disposición adicional cuarta de la Orden se establece que, desde el día 1 de enero de 2022, la Agencia Tributaria Canaria dejará de distribuir en papel el modelo 600, debiendo ser cumplimentado por los interesados a través del programa de ayuda disponible en su sede electrónica.
Salvo en los supuestos en que la presentación telemática sea obligatoria, el modelo cumplimentado a través del programa de ayuda puede presentarse telemáticamente o imprimirse y presentarse presencialmente en soporte papel.
No obstante, hasta el día 31 de marzo de 2022 se podrán distribuir y utilizar en soporte papel las actuales existencias de este modelo.