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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta NO VINCULANTE n° 434


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  • Fecha salida:  14/12/2000
  • Impuesto:  IGIC; APIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: Se pregunta si unas cintas magnetofónicas, que tienen la consideración de material complementario de los textos para la enseñanza de idiomas en los diferentes niveles de primaria y de la E..S.O., de uso exclusivo en clases por los profesores y alumnos, y cuyo precio de venta, independiente del libro de texto, es de 3.212 pesetas por tres cintas, están exentas de I.G.I.C. y A.P.I.C..
  • Respuesta: Las importaciones o entregas interiores (estas últimas sólo para el caso del I.G.I.C.), de cintas magnetofónicas, aunque tengan la consideración de material complementario a libros, si se venden independientemente de los mismos están sujetas y no exentas de I.G.I.C. y A.P.I.C. quedando gravadas al tipo general del 4,5 por 100 en I.G.I.C. y al tipo del 1,15 por 100 en el A.P.I.C..
Actualizado  01/06/2021