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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta NO VINCULANTE n° 471


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  • Fecha salida:  22/02/2001
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: Plantea si es aplicable la exención del IGIC contemplada en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, a la adquisición por parte de un socio trabajador de una sociedad que ha realizado una ampliación de capital en el año 2001. Dicho vehículo no es para el transporte de mercancías pero es necesario para la empresa.
  • Respuesta: No resulta aplicable la exención del IGIC prevista en el artículo 25 de la Ley 19/1994 a la adquisición de un vehículo por parte de un socio persona física de una sociedad para su utilización por ésta, dado que se incumple el requisito subjetivo de que la adquisición debe ser efectuada por una sociedad.
Actualizado  01/06/2021