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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1046


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  • Fecha salida:  05/06/2006
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: 

    La entidad mercantil consultante es adjudicataria  de la ejecución de la obra de "movimiento de tierras" en un proyecto de centro comercial en los términos  municipales de Las Palmas de Gran Canaria y Telde. Se acompaña al escrito de consulta copia del contrato, así como certificado del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y de Telde donde se considera el proyecto/obra: urbanización de los viarios interiores y de sus enlaces con el vial general de Jinamar y de la Autovía GC-1, obras de equipamiento comunitario conforme al artículo 27.1.1º.f) de la Ley 20/1991 de 7 de junio.

    En base a ello, se consulta si es de aplicación el tipo cero del IGIC,  atendiendo a su consideración o no de obra de equipamiento comunitario.

  • Respuesta: No tendrá la consideración de obra de equipamiento comunitario la ejecución de obra de movimiento de tierra, aunque sea una fase previa a la construcción de  superficies viales en zonas urbanas. Dicha ejecución de obra tributará en todo caso al tipo impositivo general del 5 por 100.
Actualizado  01/06/2021