Está en:

Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1138


  • Descargar  62,45 KB
  • Fecha salida:  01/06/2007
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: La sociedad consultante manifiesta que es adjudicataria de la siguiente obra adjudicada por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias: - Reforma y ampliación del Centro Cultural Viera y Clavijo en Santa Cruz de Tenerife. Se consulta el tipo impositivo aplicable del IGIC. Se adjunta copia de la Memoria descriptiva de las obras, del Decreto de adjudicación de las obras al consultante y el contrato.
  • Respuesta: No es de aplicación el tipo cero del IGIC a que se refiere el artículo 27.1.1º.f) de la Ley 20/1991 a la ejecución de obra de "Reforma y ampliación del Centro Cultural Viera y Clavijo en Santa Cruz de Tenerife", consecuencia de un contrato directamente formalizado entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la entidad consultante, por no tener la consideración de ejecuciones de obra de equipamiento comunitario, en la medida en que el objeto de la obra no puede ser calificado como de rehabilitación o construcción. En consecuencia las citadas ejecuciones de obra tributarán al tipo general del 5 por 100.
Actualizado  01/06/2021