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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1161


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  • Fecha salida:  27/09/2007
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: La sociedad, consulta por la sujeción al IGIC, y su repercusión en factura, de la operación de entrega de un cuadro eléctrico tipo acelerador de alta energía, por parte de una sociedad mercantil o bien por una cooperativa.
  • Respuesta: Primero, que la entrega de bienes en Canarias consistente en un cuadro eléctrico tipo acelerador de alta energía se encuentra sujeta al IGIC, con independencia de que el transmitente tenga la forma jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa. - Segundo, que el sujeto pasivo está obligado, en este caso, a emitir factura con la repercusión del IGIC correspondiente. - Y tercero, que si existiera disconformidad, bien sobre la procedencia de la repercusión, bien sobre su cuantía, el adquirente del cuadro eléctrico podrá interponer la reclamación económico-administrativa contra dicha repercusión.
Actualizado  01/06/2021