Consulta VINCULANTE n° 1226
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- Fecha salida:
22/10/2008
- Impuesto:
IGIC
- Legislacion:
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Texto consulta: La sociedad mercantil consultante manifiesta tener, como actividad principal, la venta al por mayor de productos químicos destinados al consumo en hogares, principalmente: limpiadores, insecticidas y ambientadores.
Dentro de su gama de productos se encuentran algunos que, además del recambio químico, incluyen aparatos eléctricos y electrónicos destinados al uso como ambientadores e insecticidas. Estos productos son comercializados con clientes situados en las Islas Canarias.
Tal y como consta en el producto, se trata de difusores que van acompañados siempre de sus respectivos recambios; para el mejor conocimiento del producto, se adjuntan fotos de algunos modelos con una breve descripción de los mismos.
En el Anexo 1.1.1º de la Ley 20/1991 se hace referencia a que se aplicará el tipo impositivo reducido del 2 por 100 del IGIC a los productos derivados de la industria química.
Conforme a la información expuesta, se consulta si es de aplicación el tipo impositivo reducido del 2 por 100 del IGIC a los productos que incluyen, además de un recambio químico, un aparato que funciona con un enchufe eléctrico o una pila.
- Respuesta: Es de aplicación el tipo impositivo general del IGIC del 5 por 100 en la entrega interior e importación de aparatos difusores eléctricos - alimentados mediante pilas o conexión a red - de fragancias o insecticidas, que incluyen un recambio químico, destinados al uso como ambientadores o insecticidas.