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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1262


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  • Fecha salida:  04/03/2009
  • Impuesto:  IGIC; AIEM
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: Se consulta por la sujeción al IGIC y al AIEM, de las importaciones de cemento tipo Pórtland.
  • Respuesta: La importación de cemento tipo Portland, clasificadas en la posición estadística 2523290000 Cementos hidráulicos, cemento Portland que no sea blanco, se encuentran sujetas al AIEM, al incluirse dicha partida en el Anexo IV de la Ley 20/1991, correspondiendo la aplicación del tipo impositivo del 5 por 100. Por el contrario, la importación de cemento tipo Portland no incluido en dicha partida no se encuentra sujeta al AIEM. El tipo impositivo del IGIC aplicable a la importación es el tipo impositivo reducido del 2 por 100.
Actualizado  01/06/2021