Consulta VINCULANTE n° 1337
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- Fecha salida:
27/01/2010
- Impuesto:
IGIC
- Legislacion:
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Texto consulta: La sociedad mercantil instante consulta por el tipo impositivo del IGIC aplicable a las siguientes obras de las que resulta adjudicataria:
- Instalación de tuberías de conexión y distribución de agua y obras complementarias.
- Plaza del Palmital
- Gimnasio del C.P. Juan Arencibia Sosa
- Equipamiento de los vestuarios del campo de fútbol-7 y su entorno.
- Nueva construcción de parque en Sardina.
- Ejecución de Pabellón Informativo de acceso al Área Arqueológica del Cenobio de Valerón.
- Respuesta: Primero.- Es de aplicación el tipo impositivo cero del IGIC en aplicación del artículo 27.1.1º.a) de la Ley 20/1991 en el ejecución de obra consistente en la "Instalación de tuberías de conexión y distribución de agua y obras complementarias".
Segundo.- Es de aplicación el tipo impositivo cero del IGIC en aplicación del artículo 27.1.1º.f) de la Ley 20/1991 en las siguientes ejecuciones de obra de equipamiento comunitario:
- "Plaza del Palmital".
- "Nueva construcción de parque en Sardina."
Tercero.- Es de aplicación el tipo impositivo general del IGIC del 5 por 100 en las siguientes ejecuciones de obra:
- Gimnasio del C.P. Juan Arencibia Sosa
- Equipamiento de los vestuarios del campo de fútbol-7 y su entorno.
En este caso, respecto a la ejecución de una calle lateral, y en la medida en que se trate de la nueva construcción de una superficie vial en zona urbana, cuya promoción directa corresponda a una Administración pública, será aplicable el tipo cero del IGIC a que se refiere el artículo 27.1.1º.f) de la Ley 20/1991 en lo que se refiere exclusivamente a la ejecución de obra de dicha superficie vial.
- Ejecución de Pabellón Informativo de acceso al Área Arqueológica del Cenobio de Valerón.