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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1509


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  • Fecha salida:  19/07/2012
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: La sociedad mercantil consultante, Instituto Tecnológico de Canarias SA (en adelante, ITC), manifiesta que ha firmado un documento de constitución de una U.T.E. con la entidad Parque Tecnológico de Fuerteventura SA. El ITC es beneficiario de una aportación dineraria para el desarrollo de un Convenio suscrito entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Gobierno de Canarias para el fortalecimiento y apoyo a la Red de Parques Tecnológicos de Canarias, expediente APD-09/16, dicha aportación financiará el 100 % de los gastos relativos al desarrollo de la Fase I de la red de parques tecnológicos de Canarias. Se consulta si en la ejecución de obra correspondiente al contrato del Expediente 2012PA002OBR-UTE02 es de aplicación el tipo cero del IGIC a que se refiere el artículo 27.1.1º f) de la Ley 20/1991.
  • Respuesta: La aplicación del tipo cero a que se refiere el artículo 52.j) de la Ley 4/2012 exige, entre otros requisitos, que el promotor sea directamente una Administración pública, por lo que no será aplicable a aquellas ejecuciones de obras consecuencias de contratos con sociedades mercantiles públicas o con Uniones Temporales de Empresas constituidas por sociedades mercantiles públicas, aunque ostenten, mediante cualquier título administrativo concedido por la Administración Pública de la que dependan, la capacidad necesaria para contratar, salvo que se trate de infraestructuras públicas ferroviarias en las que ésta actúe de manera indirecta.
Actualizado  01/06/2021